Medio ambiente

Castilla y León publica la Orden sobre pesca de especies exóticas invasoras

El Boletín Oficial de Castilla y León publicará este próximo viernes la Orden que establece las normas complementarias para la regulación de la pesca de determinadas especies exóticas invasoras.

El 23 de noviembre de 2011, la Junta de Castilla y León estableció la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad para el año 2012, en el marco de la Ley de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y Regulación de la Pesca en Castilla y León. En esta normativa se establecen cuestiones relativas al ejercicio de la pesca de especies exóticas.
 
La nueva Orden afecta precisamente a las especies señaladas en el artículo 2 de la normativa aprobada el 23 de noviembre por la Comunidad. En total, son ocho las especies tocadas por la normativa: cangrejo rojo, cangrejo señal, lucio, lucioperca, percasol, pez gato, alburno y siluro.

La normativa establece que no podrán devolverse a las aguas los ejemplares capturados de ninguna de las especies mencionadas, deberá darse muerte inmediata a dichos ejemplares, excepto en el caso del cangrejo rojo y señal –ambas especies podrán mantenerse vivos hasta abandonar el tramo de pesca, momento en el que deberán ser sacrificados- y que  los ejemplares capturados, una vez sacrificados, deberán retirarse del medio natural para su eliminación mediante autoconsumo o depósito en los lugares para su eliminación convencional.
 
Situación especial para el cangrejo señal
En el caso del cangrejo señal, además de las reglas anteriores, existirán otras condiciones. Se autoriza como único medio de captura de cangrejos el denominado retel, que tendrá un diámetro máximo de 42 centímetros, y sólo estará autorizado el uso de cebos muertos en ellos, considerándose como tal el empleo de trozos de pescado.

Todos los reteles deberán estar identificados con una tarjeta en la que conste el nombre, apellidos, y DNI del pescador. No se establecen cupos de captura por pescador ni tallas mínimas. Cualquier ejemplar de cangrejo de río autóctono que pudiera capturarse, deberá ser devuelto sin daño inmediatamente a las aguas. Los tramos en los que se permitirá la pesca de esta especie y las condiciones particulares de pesca en ellos se determinarán mediante la publicación en el Bocyl de una normativa específica al respecto, con una previsión de fecha antes de finalizar el mes de junio.
 
Asimismo, se permite la pesca del cangrejo señal en los tramos definidos para la pesca del cangrejo rojo en la orden del 23 de noviembre de 2011.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.