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Extremadura recorta la caza por los planes de recuperación

FEDEXCAZA lamenta que el ejecutivo extremeño haya ignorado las alegaciones presentadas por la totalidad del sector cinegético y las limitaciones que supone la nueva normativa, lo que sin duda conllevará una reducción de la actividad económica y de los puestos de trabajo en el medio rural.

En el DOE nº 77, de 22-04-2016, se han publicado las respectivas órdenes por las que se modifican el Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica y los Planes de Conservación del Hábitat del Águila Perdicera y del Buitre Negro en Extremadura, ignorando las alegaciones presentadas por la Federación Extremeña de Caza.

Concretamente, en zonas de hábitat crítico para el águila imperial, no se podría llevar a cabo ninguna actividad cinegética entre el 1 de febrero (15 días antes) y el 31 de julio; en zonas de hábitat crítico para el águila perdicera, no se podría llevar a cabo ninguna actividad cinegética entre el 15 de enero (15 días antes) y el 1 de julio; y en zonas de hábitat crítico para el buitre negro, no se podría llevar a cabo ninguna actividad cinegética entre el 1 de febrero (28 días antes) y el 15 de septiembre.

Esta medida conlleva un recorte sustancial en el período hábil de caza menor y una disminución en la temporada de monterías de entre 15 días y un mes, lo cual supone un perjuicio muy notable para los titulares de cotos.

FEDEXCAZA, la Mesa de la Caza de Extremadura, que aglutina al 100 % del sector cinegético de Extremadura, y la Oficina Nacional de la Caza, entre otras, habían presentado numerosas alegaciones a los borradores de estas órdenes, habiéndose reunido en diferentes ocasiones con los representantes del Servicio de Conservación y de la Dirección General de Medio Ambiente, pero una vez más, las reivindicaciones del mundo de la caza han sido ignoradas. Tan sólo han servido para retrasar su entrada en vigor y que no se produjera en medio de la pasada temporada de monterías.

No entendemos la razón de prohibir las modalidades de rececho y espera, que son acciones que el cazador desarrolla en solitario, con el máximo silencio y sin perros o, como máximo, sirviéndose de la ayuda de un perro atraillado, razón por la que en las anteriores órdenes se permitieron expresamente al considerar que no causaban ninguna perturbación a la reproducción de las especies. La prohibición de estas modalidades durante los períodos sensibles, supondrá el fin de los recechos de corzo y una severa restricción temporal a la berrea del venado y a los recechos del resto de especies de caza mayor.

Las limitaciones no sólo afectan a la caza, sino que en general no podrá realizarse ninguna actividad constructiva, extractiva, agrícola, forestal o cinegética. Las repercusiones en la economía y en la generación de empleo en el mundo rural van a ser muy elevadas.

Plan de Recuperación del

Águila imperial ibérica

(Aquila adalberti)

Plan de Conservación del Hábitat del Águila perdicera

(Hieraaetus fasciatus)

Plan de Conservación del Hábitat del

Buitre negro

(Aegypius monachus)

Orden de 25-05-2015

(DOE nº 107, de 05-06-2015)

-Monterías: para las manchas que constituyan territorios de la especie, la fecha límite de celebración de las mismas 15 de febrero.

-Recechos y aguardos: sin limitación

-Caza menor: no se autorizarán actividades cinegéticas en los cotos con presencia de áreas de nidificación con posterioridad al 15 de febrero (se otorgará hasta un máximo de 1 día adicional por día limitado)

-Monterías: para las manchas que incluyan áreas de nidificación constituyan territorios de la especie, la fecha límite de celebración de las mismas será el 1 febrero.

-Recechos y aguardos: sin limitación

-Caza menor: no se autorizarán actividades cinegéticas en los cotos con presencia de áreas de nidificación con posterioridad al 1 de febrero (se otorgará hasta un máximo de 1 día adicional por día limitado)

En lo que respecta al desarrollo deactividades cinegéticas, la fecha límite de celebración de las mismas será el 28 de febrero.

-Recechos y aguardos: sin limitación

Orden de 13-04-2016

(DOE nº 77, de 22-04-2016)

Durante el periodo sensible, en las zonas de hábitat crítico, no podrá realizarse ninguna actividad constructiva, extractiva, agrícola, forestal o cinegética. Los períodos sensibles son los siguientes:

Entre el 1 de febrero y el 31 de julio, ambos incluidos

Entre el 15 de enero y el 1 de julio, ambos incluidos

Entre el 1 de febrero y el 15 de septiembre, ambos incluidos

En las zonas de hábitat crítico de buitre negro, entre el 1 de julio y el 31 de julio, ambos incluidos, se podrán autorizar aguardos o esperas de jabalíes

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