En la prensa

No irá a la cárcel el cazador que mató a otro en una montería

Estaba acusado de un homicidio imprudente por haber causado la muerte de un compañero cazador durante una montería que se celebró en el paraje Hoya de Alonso García, en la localidad cacereña de Alía, en octubre del 2010. La Fiscalía y la acusación particular, representada por el letrado Jacinto Morano y que defiende a la familia del fallecido, solicitaban tres años de prisión. Sin embargo, las partes alcanzaron ayer un acuerdo por el que el acusado evadirá la pena de cárcel, publica elperiodicoextremadura.com.

Los hechos ocurrieron entre la una y las dos de la tarde. El imputado efectuó tres disparos seguidos a lo que creía que era un ciervo en movimiento, pero a lo que disparó no era el animal sino su compañero de montería. La Fiscalía cree que el fallecido se había desplazado unos diez metros del puesto que se le había asignado pero, aún así, el acusado no se cercioró de dónde estaba su compañero antes de apretar el gatillo –la familia en cambio desmiente que la víctima se hubiera movido de su lugar–. Las balas alcanzaron al fallecido, que tenía 25 años, y le atravesaron el ojo izquierdo ocasionándole fractura de la órbita ósea del cráneo, provocando su muerte minutos después.

Estos hechos se iban a juzgar ayer en el Penal Número 1 de Cáceres, pero la vista no se celebró al alcanzarse un acuerdo de conformidad entre las partes. El acusado ha sido considerado autor de un delito de «imprudencia menos grave», por lo que la pena impuesta ha sido una multa de 1.080 euros. Además deberá pagar a la familia del fallecido una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 52.500 euros (la acusación particular solicitaba una indemnización de 105.000 euros y la Fiscalía de 99.000 euros).

«Se llega a este acuerdo porque existen dudas sobre si el disparo que causa la muerte al cazador fue un disparo directo por parte del acusado o fue un rebote. Esto viene de los análisis que se han hecho con relación al proyectil que se recuperó del cráneo de la víctima. En ese informe químico se establece que el proyectil contenía restos de silicio y restos de calcio y fósforo; estos dos últimos son procedentes del cráneo, pero el de silicio podría proceder por haber impactado en una piedra antes. Si fuera un rebote hay dudas de si hay una responsabilidad penal por parte del autor de los hechos. Ante esas dudas se llega al acuerdo de que, en vez de tipificar el hecho por un homicidio imprudente grave, que lo sea por menos grave», señaló ayer el abogado que defiende a la familia de la víctima, Jacinto Morano.

En el caso también estaba imputado el presidente de la asociación de cazadores por tres faltas de imprudencia pero ha salido absuelto, según indicó su letrado, Marcelino Rodríguez.

Publicado en elperiodicoextremadura.com.

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