Desde hace muchos años he escrito sobre caza y deporte, afirmando que son dos materias o/y actividades que persiguen fines diferentes y objetivos distintos: por una parte, la actividad cinegética (la caza), y por otra, la actividad deportiva (el deporte).
A lo largo de décadas he intentado hacer ver que la caza, las sociedades de cazadores y los cazadores no tienen ni se les ha dado lo que en derecho deberían de poseer y tener, por el simple hecho de que algunos los han considerado deportistas, entidades deportivas, y han defendido que la caza es un deporte.
Pues bien, es hora de decirles a quienes afirman que la caza es un deporte, que dejen de marear la perdiz y de incumplir la ley, y tengan un poco más de respeto a nuestro ordenamiento jurídico español.
La Constitución española (nuestra Carta Magna) dice que la caza no es un deporte, y viceversa, pues contempla el deporte en su artículo 148.1.11ª, y la caza en su artículo 148.1.19ª.
El estatuto de autonomía de cualquier comunidad autónoma española, que es la competente en materia de caza, la contempla en el mismo sentido: la caza no es deporte, y viceversa.
A partir de los anteriores fundamentos de derecho, lo demás sobra, ya sean opiniones, citas, definiciones, etc. El Ordenamiento Jurídico anterior es claro, y quien diga lo contrario lo está incumpliendo, está incumpliendo la Constitución y su estatuto de autonomía.
Y se agrava lo anteriormente, si a ese incumplimiento se le añade el componente o la intencionalidad de obtener un beneficio, sea económico, representativo o de estatus social, y mucho más grave es si es una administración pública o entidad colaboradora, cargo público o persona que lo utiliza para ello.
Por lo anterior, hago un llamamiento al sentido común y al correcto proceder, ya que hay instituciones públicas, tanto estatales como autonómicas, que han legislado la «caza» como una modalidad deportiva, lo que ha arrastrado a que las federaciones deportivas privadas autorizadas por ellas tengan en su denominación la palabra «caza», provocando que estas entidades deportivas y sus miembros vean, perciban o consideren la caza como un deporte, y a los cazadores que la practican como deportistas, exigiéndoles por ello tener licencia deportiva cuando ellos para practicar su actividad ya poseen su licencia de caza, llegando a coartar en muchas ocasiones hasta la libertad de asociación.
Por Víctor Rafael Mascarell Mascarell, presidente de la Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA), y miembro de la Junta Directiva de la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC).
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