La cruz filar

La cruz filar: ‘Modificaciones a la Ley de Caza de CLM’

Juan Caballero

Los dirigentes del actual Gobierno de Castilla-La Mancha, en la campaña electoral, prometieron modificar la actual ley de caza. Tras unos cuantos meses de reuniones, en una especie de mesa de negociación donde estuvieron sentados los responsables de las asociaciones de cazadores más representativas de Castilla-La Mancha y de grupos ecoabandonistas, junto con técnicos de la Junta de Comunidades, ha salido a la luz el borrador de modificaciones. Asociaciones como ATICA C-LM, estuvieron desde un principio a favor de la continuidad de la ley en vigor, con independencia de que cuestiones puntuales no fueran de su agrado. Los integrantes de esta asociación sabían que cualquier cambio implicaría un recorte en las posibilidades de los cazadores y de la caza. No hace falta ser muy listo ni tener mucha experiencia en las cuestiones legales de la cinegética, para saber que dicho proceder es una constante: las famosas vueltas de tuerca impulsadas por los acoabandonistas y acatadas por políticos que creen que éstos, si los miman un poquito, se transformarán en un buen caño de la fuente de sus votantes. Finalmente, el borrador de modificaciones confirmó nuestros temores. Pero, ¿qué resultado podíamos esperar de una mesa para modificar una ley de caza donde se sentaban cuatro ecoabandonistas, quizá alguno más?

No entraré en la discusión de cada uno de los cambios que propone el borrador, con seguridad que muchos de ellos necesitan más de una columna completa. Sí describiré las razones por las que estar totalmente en contra de los cambios propuestos, lo que hago en los siguientes puntos y aparte.

En primer lugar, y como una de las cuestiones más llamativas, donde claramente se observa la mano política, hay que decir que eleva los terrenos de propiedad privada que se constituyen como cinegéticos, en lugares donde cualquier sector social puede cohabitar, alentando su ocupación y transgrediendo el derecho básico de la propiedad privada.

En segundo lugar, debe destacarse que elimina la posibilidad por parte de la administración de fomentar y ayudar al sector cinegético. También eleva la carga administrativa, en nuestra opinión, de forma insostenible para las posibilidades de los servicios de caza y para los responsables de los cotos: incrementando trámites o eliminando autorizaciones que pueden hacer inviable la gestión, el mantenimiento de terrenos cinegéticos o la responsabilidad de sus titulares sobre éstos.

Como cuarta cuestión a resaltar me refiero al claro intento de, siguiendo la influencia ecoabandonista, aprovechar la ley de caza para regular temas medioambientales, más propios de la Ley de Conservación de la Naturaleza autonómica, con un desarrollo reglamentario incierto. Lo anterior aderezado con la eliminación de modalidades de caza y con el fomento de la permanencia de animales asilvestrados de procedencia doméstica, que tantos daños provocan sobre las especies cinegéticas y también sobre las protegidas, al no contemplar su abatimiento.

Las modificaciones recogidas en el borrador amplían numerosas prohibiciones que afectan a la gestión y el ejercicio de la caza. Aunque sólo fuera una deberíamos considerarla inadmisible. Además, penalizan sin ninguna justificación a los cotos de caza, al obligarles a tener una mayor superficie dedicada a área de reserva, sin retrotraer el derecho de adscripción de las vías pecuarias.

También entre las cuestiones que llaman la atención debo destacar que agrava e impide la instalación de cerramientos cinegéticos. Lo hace de forman taxativa, sin dar opción a una regulación en el reglamento, al que debe dar origen la ley, lo que no dicta la ley de caza en vigor. Al final, una modificación para zaherir más la propiedad privada, totalmente alejada de la realidad de las explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales y cinegéticas de toda Europa, no sólo de España.

Pero no termina con lo anterior el elenco de zancadillas a la actividad, hay un buen postre de descabello, recogido en los últimos artículos dedicados a las infracciones. Sin entrar en detalle, puedo concluir asegurando que eleva las infracciones y el poder sancionador hacia la gestión y el ejercicio cinegético y despenaliza los perjuicios ocasionados por terceros.

Juan Caballero

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