Federaciones Nacional Noticias

Castilla-La Mancha impide desde este jueves la entrada y salida de cazadores de la comunidad

caza Castilla-La Mancha impide cazadores

Castilla-La Mancha impide desde este jueves la entrada y salida de cazadores de la comunidad, restringiendo la movilidad de los mismos, entre las medidas adoptadas para frenar el avance de la pandemia del coronavirus en esta región.

La Junta de Castilla-La Mancha ha publicado hoy una Resolución (enlace, aquí) que suspende temporalmente la Resolución de 26 de noviembre de 2020, por la que se declara la caza de diversas especies como «actividad necesaria» y por la que se permitían ciertos desplazamientos de entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma relacionados con la actividad cinegética.

La nueva Resolución suspende el apartado segundo y deja sin efecto el apartado tercero de la Resolución de 26/11/2020, como una medida más entre las nuevas tomadas por el Gobierno de Castilla-La Mancha para frenar el avance de la pandemia.

Consecuencias para el movimiento de cazadores en Castilla-La Mancha impide 

Según ha señalado la Federación de Caza de Castilla-La Mancha (FCCM) en una circular, a partir de hoy (inclusive):

1.- Se suspende la entrada y salida de cazadores de Castilla-La Mancha hasta que finalice el cierre perimetral municipal.

2.- Sólo se podrá cazar dentro del término municipal donde se resida.
Se podrán cazar todas las modalidades y especies, tanto de caza mayor como de menor, incluidas en el Plan de Ordenación Cinegética del coto.

3.- Sólo podrá haber desplazamientos de cazadores entre municipios dentro de la región, para control de poblaciones.

Para la Consejería, NO se interpreta como control de poblaciones la realización de monterías, batidas ni ganchos (esto es, sólo pueden ir a las monterías, batidas y ganchos los residentes en el municipio e impide la asistencia de cazadores de otros municipios o comunidades autónomas).

La única actividad que se puede ejercer fuera del municipio es el control por daños de conejo en los cotos incluidos dentro de la comarca de emergencia cinegética, debiendo justificar que es la persona encargada de ello mediante documento del titular.

 

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.