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La RFEC renueva su Junta Directiva y la Comisión Delegada con el reto de defender la actividad cinegética en todos sus ámbitos

Junta Directiva RFEC

La Junta Directiva estará formada por el presidente de la RFEC, Manuel Gallardo, y todos los presidentes de las federaciones autonómicas, y en la constitución de la misma se han establecido cuatro grandes áreas de trabajo ocupadas por vicepresidencias.

La Real Federación Española de Caza (RFEC) consolidó el pasado miércoles 17 de febrero su nueva Junta Directiva en la que formarán parte el presidente de la entidad, Manuel Gallardo, y todos los presidentes de las federaciones autonómicas de caza.

En la constitución de esta Junta Directiva y Ejecutiva se han establecido cuatro grandes áreas de trabajo ocupadas por vicepresidencias y que consisten en:

Vicepresidente deportivo: Eduardo Cornejo Salazar.

Un área dedicada al deporte y la competición donde se desarrollará todo lo relativo a los campeonatos, así como la consolidación y profundización de la vertiente deportiva de la federación.

Vicepresidente social: Sergio Sánchez Mateu.

Un área centrada en las relaciones con la sociedad y los comportamientos éticos de directivos y federados. Se ocupará de la realización de un plan de responsabilidad social y atenderá los ámbitos de juventud, mujer o discapacidad, además de trasladar una imagen de federación comprometida con la sociedad en general y con el mundo rural en particular.

Vicepresidente técnico y científicoRaúl Esteban Cano.

Un área dedicada a la elaboración de estudios, informes y proyectos que será la encargada de forjar un discurso sólido de defensa de la caza. De ella dependerá la Escuela Española de Caza y la promoción de proyectos de investigación que ayuden a valorar y debatir el presente y futuro de la actividad cinegética.

Vicepresidente de relaciones internacionalesJosé María Gallardo Gil.

Un área que atenderá las relaciones internacionales, vitales para garantizar el futuro de la actividad cinegética en España y en Europa.

La Junta Directiva se reunirá una vez al mes de manera ordinaria y de forma extraordinaria cuando el presidente lo considere necesario.  Este órgano de Gobierno será el encargado de velar por un buen gobierno, y la gestión, administración y dirección de la RFEC.

Comisión Delegada de la RFEC Junta Directiva

También la RFEC ha constituido este jueves 18 de febrero su Comisión Delegada para el periodo 2021-24. Estará formada por el presidente de la RFEC, dos representantes de clubes, dos deportistas, un juez y tres federaciones autonómicas de caza.

Las principales funciones de este órgano serán aprobar provisionalmente el calendario deportivo, la modificación de los presupuestos, o la aprobación y modificación de los Reglamentos.

La elaboración de un informe previo a la aprobación de los Presupuestos, el seguimiento de la gestión deportiva y económica de la Federación (mediante la elaboración de un informe anual a la Asamblea General sobre la memoria de actividades y la liquidación del presupuesto) son otras de las funciones de la Comisión, así como cuantas le delegue la Asamblea General

Los integrantes de la Comisión Delegada son: Junta Directiva

Presidente: MANUEL GALLARDO CASADO
Clubes: UNIÓN PONTANENSE DE CAZA (Jorge Pérez Cornejo)
Clubes: CLUB RISCO DEL PRADO (Javier Ocampos Álvarez)
Deportista: ADELA CAMPROVÍN GARNICA
Deportista: JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ VILLAR
Juez: EULOGIO MARTÍN OLARREAGA
Federación autonómica: MARCIAL JUVENAL (Canarias)
Federación autonómica: AGUSTÍN RABADÁN (Castilla-La Mancha)
Federación autonómica: FRANCISCO BASTIDA (Región de Murcia)

La convocatoria de la Comisión Delegada corresponderá al presidente de la RFEC y se llevará a cabo por escrito con siete días naturales de antelación, como mínimo, a la fecha de celebración de la reunión de que se trate, salvo casos de urgencia o necesidad, debidamente justificadas, en que la convocatoria podrá realizarse con un preaviso mínimo de tres días.

Los acuerdos de la Comisión Delegada se adoptarán por mayoría simple de los asistentes, salvo que específicamente se requiera otra más cualificada por los presentes Estatutos y para casos concretos.

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