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Confirmada la condena a la Federación Gallega de Caza por irregularidades

Javier Nogueira

El  Comité Gallego de Justicia Deportiva (CGXD)  resolvió desestimar  el recurso  de reposición presentado por Dº Javier Nogueira Diz  como Presidente de la Federación Gallega de Caza contra la resolución del 21 de Julio de dicho Comité por presuntas irregularidades (ver PDF a final de página).

El Pleno del Comité en su sesión celebrada el pasado día 6 de Octubre acordó  desestimar el recurso por el cual Javier Nogueira  pretendía que se anulase dicha resolución, porqué según él mismo manifestó “ no compartía la resolución de Comité Gallego de Justicia Deportiva”.

La resolución del Comité desmonta todas y cada una de las argumentaciones del Presidente de la Federación Gallega de Caza. Algunas de las alegaciones según declara el propio Comité en su resolución “ni siquiera se ajustan a la argumentación jurídica” “ni tienen base legal alguna”, muestra inequívoca de la nula “calidad “del recurso presentado.

Resulta, cuando menos llamativo la reiteración en  querer “vender al comité”  la idea de que “los Presidentes Provinciales son nombrados libremente por el Presidente de la Federación Gallega y la afirmación de que pueden ser cesados por él, a su libre elección”. Llegando a  afirmar en sus alegaciones “,  que el Presidente de la Federación tiene facultades para un control de idoneidad, de manera que si el Presidente de la Federación Gallega considera que quien resultó elegido por la Asamblea no reuniese las condiciones idóneas para el cargo, tendría potestad para no nombrarlo o incluso cesarlo” algo a lo que dicho Comité de Justicia Deportiva contestó de forma contundente al manifestar que: “dichas afirmaciones no tienen ningún fundamento legal en este caso”.

Lo que resulta más escandaloso todavía es el reconocimiento en el escrito de alegaciones por parte del Sr. Nogueira , del hecho contratado de que el Presidente  Provincial de Lugo lleva en el cargo desde 1991 y a su vez también “salpica “ al anterior Presidente Provincial de Orense que ocupó el cargo desde 1993 a 2013, todo ello para intentar justificar, a costa de quien sea,  que no comparte la resolución del Comité Gallego de Justicia Deportivo.

El pleno del Comité de Justicia Deportiva deja muy claro al Sr. Nogueira que una costumbre “contra legem” en cuanto es contraria a una norma de rango superior, no es admisible en nuestro ordenamiento jurídico según los artículos 1,2 y 3 del Código Civil.

De las alegaciones presentadas por Javier Nogueira se desprende un ideal de organización para la Federación totalmente contrario al que hasta hace bien poco él mismo defendía. como Presidente Provincial de Pontevedra. Algo sorprendente a todas luces… y que da buena muestra de la peculiar idiosincrasia del Sr. Presidente.

Para cerrar esta resolución que pone fin a la vía administrativa  el Comité Gallego de Justicia deportiva también rechaza pronunciarse sobre la solicitud de suspensión de la resolución  dictada el 21 de Julio y en la que se declaraba la nulidad del nombramiento del Presidente Provincial de Lugo por vulnerar la legislación vigente.

RESPOSTA CGXUSTICI DEPORTIVA

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