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Asturias permite abatir lobos en sus reservas regionales de caza

357 - Lobo iberico

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado el nuevo Plan de Gestión del Lobo, que revisa el de 2002. Con este nuevo marco normativo se persiguen dos objetivos: conservar la especie en el contexto geográfico de la población noroccidental ibérica y realizar una gestión favorable a los intereses de los ganaderos asturianos, tanto minimizando los daños que el lobo pueda causar como compensando económicamente los que produzca.

Durante la última década, con las disposiciones incluidas en el Plan de Gestión del Lobo, se incrementaron notablemente los esfuerzos de seguimiento de la especie. Los datos disponibles reflejan una situación de estabilidad en el número de manadas presentes en Asturias, cuyo número es de unas 30, con una ligera tendencia al alza.

El nuevo plan es una herramienta que permitirá cumplir la obligación legal de mantener la población del lobo en un “estado de conservación favorable”, tal y como establece la directiva Hábitats, y compatibilizar ese mandato con la necesaria garantía del desarrollo ganadero. Y, todo ello, con un mayor grado de eficacia por parte del personal encargado de esta tarea.

Una de las novedades es que en las reservas regionales de caza se podrán abatir ejemplares de lobo en las cacerías legalmente autorizadas de otras especies. Estas actuaciones prevén la colaboración voluntaria de cazadores, siempre bajo supervisión del personal de la guardería. Los cazadores no podrán quedarse, en ningún caso, con resto alguno de los ejemplares capturados.

El plan favorecerá el desarrollo de un censo real de la especie en cada zona de gestión y controlar su distribución en manadas e individuos flotantes, además de vigilar el comportamiento predatorio de cada grupo, con el objetivo de elevar la eficacia sobre los ejemplares que originan daños al ganado.

El texto establece que el Gobierno del Principado deberá desarrollar un reglamento de tramitación de los daños ocasionados por la fauna silvestre. Además, en colaboración con los ayuntamientos, diseñará un programa de erradicación de los perros asilvestrados que incluirá indemnizaciones por los perjuicios a los ganaderos.

También prevé medidas para agilizar la tramitación de estas indemnizaciones. Uno de los objetivos a alcanzar es un plazo máximo de 15 días en el pago cuando exista acuerdo entre el Gobierno del Principado y el damnificado o, en caso contrario, que el expediente se resuelva en un plazo máximo de 45 días. En el Parque Nacional de los Picos de Europa se aplicará lo dispuesto en las normas de este espacio protegido.

El nuevo plan de gestión contempla la realización de controles de población del lobo allí donde su presencia comprometa la viabilidad económica de las explotaciones agropecuarias, teniendo como prioridad reducir lo máximo posible los daños por ataques de esta especie. Un objetivo para el que se promoverá el máximo consenso con los ayuntamientos y todos los sectores afectados –entre ellos, ganaderos y cazadores– para que las medidas que se lleven a cabo sean producto de un amplio debate y acuerdo entre las partes.

El documento también contempla la creación de una base de datos del lobo en Asturias, de libre acceso, que reúna toda la información vinculada a la especie e incluya registros de manadas de lobos censados, de la mortalidad no natural, de ataques a animales en explotaciones ganaderas y de indemnizaciones concedidas y denegadas, así como de avistamientos e indicios.

El proceso de revisión del Plan de Gestión del Lobo contó con la máxima participación de los colectivos afectados. Se inició en noviembre de 2012 y se realizó con las diferentes fases de participación pública, a través de entrevistas individualizadas de la Dirección General de Recursos Naturales con los representantes de los distintos sectores que integran el comité consultivo del plan de gestión. A continuación, se sometió a información pública y se presentaron 127 escritos de alegación que fueron valorados y contestados. Por último, se dio audiencia a los interesados y se remitió escrito singularizado a los alcaldes de los 78 concejos, trámite en el que se recibieron 68 alegaciones.

El texto se presentó ante la Junta General del Principado para lograr el mayor consenso posible. Se ha mantenido la consideración del lobo como especie no cinegética por razones de coherencia con nuestra legislación de caza. También se mantiene que la compensación de los daños ocasionados por las especies de fauna silvestre no susceptibles de aprovechamiento cinegético corresponde a la Administración autonómica. El Plan del Lobo se revisará de nuevo a los cinco años de su aprobación.

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