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Nueva orden de vedas 2015/2016 del Principado de Asturias

Chevreuil dans une pature

La Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos del Principado de Asturias ha publicado en el BOPA nº 51 la Resolución de 25 de febrero de 2015, de , por la que se aprueba la Disposición General de Vedas para la temporada 2015/2016.

Así, como resumen, les adelantamos que las épocas de caza serán las siguientes:

  • Caza menor en general: del tercer domingo de octubre de 2015 al segundo domingo de febrero de 2016, ambos inclusive (en las zonas de prácticas cinegéticas expresamente declaradas se podrá ejercitar la caza menor todo el año).
  • Zorro, en mano y al salto: del tercer domingo de octubre de 2015 al último día hábil de febrero de 2016
  • Media veda: del primer día hábil de agosto al tercer domingo de agosto, exclusivamente en aquellos cotos que la soliciten.
  • Rebeco macho: del primer domingo de abril al último noviembre de 2015, y del último sábado de enero al último domingo de febrero de 2016.
  • Corzo macho: a rececho, del primer día hábil de abril al último día hábil de junio de 2015, y del primer día hábil de septiembre al último día hábil de octubre de 2015. En batida, del primer día hábil de septiembre al último día hábil de octubre de 2015.
  • Venado macho: a rececho y en batida, del primer día hábil de septiembre de 2015 al último día hábil de febrero de 2016.
  • Gamo: del segundo sábado de octubre de 2015 al primer domingo de marzo de 2016.
  • Jabalí: a rececho, desde el segundo domingo de abril de 2015 al cuarto domingo de febrero de 2016. En batida, del primer día hábil de septiembre de 2015 al último día hábil de febrero de 2016.

Con carácter general, en la modalidad de rececho serán hábiles todos los días de la semana y en la modalidad de batida, serán hábiles para cazar los jueves, sábados, domingos y festivos (y demás días festivos de carácter nacional, regional o local).

Consultar en el siguiente enlace la orden de vedas completa: asturias

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