En la prensa

Condenan a un cazador por amenazar con su escopeta a los guardas de un coto tras cazar tres ciervos

 

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La juez apunta a la «seriedad» y «gravedad» de las amenazas, al hacerlas sosteniendo un arma de fuego y reiterarlas una vez desarmado mientras sujetaba unas piedras. 

El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a un cazador de 57 años por un delito de amenazas después de que amedrentara con su escopeta a dos vigilantes de un coto de caza que se dirigieron a él tras escuchar los disparos con los que el hombre, en compañía de su cuadrilla, había abatido un ciervo en un paraje de Gérgal (Almería).

El fallo, consultado por Europa Press y sobre el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Almería, condena a un año de prisión al principal acusado al tiempo que lo absuelve de un delito contra la fauna y de otro de tenencia ilícita de armas. Absuelve además de cualquier delito por esta causa a tres personas más.

Según se declara probado, el acusado junto con otros compañeros, acudió a las 22,30 horas de un día de octubre de 2008 al coto ubicado en el Arroyo Verruga de la localidad almeriense, donde abatieron tres ciervos –un macho, una hembra y una cría–, en época de veda y con una escopeta para la que el acusado poseía licencia de armas en vigor.

No obstante, momentos después de producirse la caza y alertados por los disparos, llegaron hasta el lugar dos empleados de Egmasa ataviados con su indumentaria reglamentaria que los identificaba como «guardas de caza».

Tras observar que en el coche llevaban una escopeta desenfundada, el acusado se bajó del vehículo, agarró el arma y apuntó a uno de los vigilantes, al tiempo que amenazó a ambos con «pegarles un tiro» si no se marchaban del lugar. Con esto, se produjo un breve forcejeo entre uno de los agentes y el acusado, que aunque quedó desarmado, cogió piedras del suelo con la nueva amenaza de tirárselas si no se iban.

La juez da credibilidad a la manifestación mantenida «sin fisuras» por parte de los trabajadores de Egmasa en la que no se dan «contradicciones» de lo ocurrido frente a la del cazador, quien alegó que los guardas «no se identificaron» y que por eso, al creer que eran otros cazadores, tiraron a la carretera los ciervos que habían matado.

No obstante, la magistrada ha determinado que, en relación a los testimonios, los guardas «iban uniformados» y «con logotipo identificativo tanto en su uniforme como en el vehículo». Igualmente, apunta a la «seriedad» y «gravedad» de las amenazas, al hacerlas sosteniendo un arma de fuego y reiterarlas una vez desarmado mientras sujetaba unas piedras.

En cuanto a la ejecución de los animales, por la que el fiscal solicitaba ocho meses de prisión, la juez Marcelina María Beltrán apunta que la caza de estos tres ciervos en el periodo de veda y sin autorización administrativa para la caza a rececho o selectiva, no constituye un delito en tanto que «no existe prohibición expresa de caza aplicable a toda la especie en todo tiempo y lugar» sin perjuicio de que los hechos puedan ser sancionados por vía administrativa.

Fuente: IDEAL

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