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Cataluña publica los periodos hábiles de caza para 2016/2017

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El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de Cataluña ya ha publicado los periodos hábiles de caza que regirán en esta comunidad para la próxima temporada 2016/2017, mediante la Resolución ARP/732/2016, de 15 de marzo, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales.

Como resumen, los periodos hábiles serán los siguientes:

Caza menor 
Entre el segundo domingo de octubre (día 9) y el primer domingo de febrero (día 5), ambos inclusive. En las reservas nacionales de caza, reservas de caza y zonas de caza controlada, el periodo hábil de caza es el que indiquen los diferentes planes técnicos de gestión cinegética anuales, con las siguientes observaciones:

  • Perdiz roja:  el periodo hábil de caza es el comprendido entre el segundo domingo de octubre (día 9) y el primer domingo de enero (día 1), ambos incluidos; y para la perdiz pardilla, subespecie ibérica (Perdix perdix hispaniensis), es el comprendido entre el segundo domingo de octubre (día 9) y el cuarto domingo de diciembre (día 25), ambos incluidos.
  • Ánade friso: entre el segundo domingo de octubre (día 9) y el primer domingo de febrero (día 5), ambos incluidos.
  • Avefría: entre el segundo domingo de octubre (día 9) y el tercer domingo de enero (día 15), ambos incluidos.
  • Focha: entre el segundo domingo de octubre (día 9) y el cuarto domingo de febrero (día 26), ambos incluidos.
  • Zorro : entre el primer domingo de septiembre (día 4) y el último domingo de marzo (día 26), ambos incluidos.
  • En las comarcas de Tarragona y en las de Les Terres de l’Ebre las palomas torcaces en pasos tradicionales pueden cazarse desde puestos fijos entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, ambos incluidos, sin limitación de días hábiles, en la Budallera  (Tarragona), dentro del área privada de caza T-10.123; Coll de Balaguer (T. M. de Vandellòs y l’Hospitalet de l’Infant), dentro de las áreas privadas de caza T-10.127, T-10.352 y T-10.353; Mas Cusidó ( Tarragona) dentro del área privada de caza T-10.327, y Mas Grimau (Tarragona), dentro del área privada de caza T-10.262; Les Forques (L’Ametlla de Mar) dentro del área privada de caza T-10.104, Puig Moltó (L’Ametlla de Mar), dentro del área privada de caza T-10.150, y collado de El Camp, collado de Les Canals y barranco de Les Valls (Paüls), dentro del área privada de caza T-10.281.

Media veda
Solo se puede practicar en los terrenos cinegéticos de régimen especial que lo tengan aprobado en su plan técnico de gestión cinegética.

  • Barcelona y Cataluña Central, salvo la comarca de El Solsonès. Días hábiles: días 15, 21 y 28 de agosto y día 4 de septiembre.
  • Girona. Días hábiles: jueves, domingos y festivos no locales dentro del periodo comprendido entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre, ambos incluidos.
  • Lleida y la comarca de El Solsonès. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre, ambos incluidos.
  • Tarragona. Días hábiles: días 15, 21 y 28 de agosto y día 4 de septiembre.
  • Terres de l’Ebre. Días hábiles: días 15, 21 y 28 de agosto y día 4 de septiembre.

Caza mayor 
Jabalí, muflón y gamo: entre el primer domingo de septiembre de 2016 (día 4) y el último domingo de marzo de 2017 (día 26), ambos incluidos.
Rebeco, cabra montés y ciervo: en las áreas privadas y locales de caza, el periodo hábil de caza de la cabra montés es entre el segundo domingo de octubre de 2016 (día 9) y el 6 de enero de 2017, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2017 y el 31 de mayo de 2017, ambos incluidos y exclusivamente para machos. El periodo hábil de caza del rebeco es entre el segundo domingo de octubre de 2016 (día 9) y el 31 de enero de 2017, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2017 y el 15 de mayo de 2017, ambos incluidos y exclusivamente para machos. El periodo hábil del ciervo es entre el segundo domingo de septiembre de 2016 (día 11) y el segundo domingo de octubre de 2016 (día 9), ambos incluidos y exclusivamente para machos y en la modalidad de rececho, y entre el segundo domingo de octubre de 2016 (día 9) y el cuarto domingo de febrero de 2017 (día 26), ambos incluidos y para ambos sexos y en cualquier modalidad. Para el rebeco y la cabra montés solo se permite la modalidad de caza por rececho.
Corzo: en las áreas privadas y locales de caza el periodo hábil es entre el primer domingo de abril de 2016 (día 3) y el segundo domingo de agosto de 2016 (día 14), exclusivamente para machos y en las modalidades de aguardo o acecho; entre el primer domingo de septiembre de 2016 (día 4) y el último domingo de octubre de 2016 (día 30), ambos sexos y en cualquier modalidad; y entre el primer domingo de enero de 2017 (día 1) y el cuarto domingo de febrero de 2017 (día 26), exclusivamente para hembras y en cualquier modalidad.

Consulte aquí completa la orden de vedas de caza en Cataluña

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