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Publicada la orden de vedas de Castilla-La Mancha 2016/2017

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado hoy la Orden de 07/06/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2016-2017. 

Los períodos y días hábiles de caza para la próxima temporada cinegética y para toda la región serán, salvo las excepciones provinciales que se especifican en el artículo 11 de la presente Orden, los siguientes:

Caza menor
En los cotos de caza, el período hábil de caza será desde el día 8 de octubre de 2016 hasta el día 8 de febrero de 2017, ambos inclusive.Son excepciones a estos períodos las siguientes:
-Caza en media veda: el período hábil de caza de codorniz, tórtola común y paloma torcaz, además del establecido con carácter general, será el comprendido desde el 21 de agosto al 15 de septiembre de 2016, ambos inclusive para codorniz, y desde el 21 de agosto hasta el 21 de septiembre de 2016, ambos inclusive para tórtola común y paloma torcaz. Para tórtola común se establece un cupo de 10 ejemplares por cazador y día, salvo que en la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución. Los días hábiles serán los días de apertura y cierre y jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional. Durante el periodo de la media veda, se permite la caza de zorro y urraca, desde el día 21 de agosto al 21 de septiembre de 2016.
-Caza de aves migratorias no acuáticas: el período hábil de caza para estas será el comprendido entre el 8 de octubre de 2016 y el 31 de enero de 2017. Serán de aplicación las siguientes normas: a) En la caza de paloma torcaz: en los lugares de parada durante los dos períodos hábiles esta especie podrá cazarse desde puestos fijos con el auxilio de cimbeles naturales o artificiales siempre que no vulneren la prohibición señalada por el apartado i) del artículo 26 de la Ley de Caza. b) En la caza de becada: el cupo máximo de piezas por cazador y día será de tres, salvo que en la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución, pudiendo cazarse exclusivamente en las modalidades de “En mano” y “Al salto”.
-Caza de aves acuáticas: el periodo hábil de caza para estas especies comprenderá desde el 15 de octubre de 2016 hasta el 31 de enero de 2017, ambos inclusive, pudiéndose emplear en puesto fijo cimbeles naturales o artificiales siempre que no vulneren la prohibición señalada por el apartado i) del artículo 26 de la Ley de Caza.
-Caza de perdiz roja con reclamo macho: desde el día 17 de enero hasta el día 28 de febrero de 2017, ambos inclusive.

Caza mayor
Caza de ciervo, gamo, muflón y jabalí: El periodo hábil de caza para estas especies será, desde el día 8 de octubre de 2016 hasta el 21 de febrero de 2017, ambos inclusive.
Corzo macho: el periodo hábil para el año 2017 será desde el 1 de abril hasta el 31 de julio, y desde el 1 hasta el 30 de septiembre. La caza de esta especie solo podrá practicarse en las modalidades de rececho y aguardo o espera diurnos en el período anteriormente establecido y de acuerdo con la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o plan de ordenación cinegética del coto de caza. En el caso de que las citadas resoluciones aprobatorias la autoricen, la caza de hembras de esta especie se realizará desde el 1 de diciembre de 2016 hasta el 21 de febrero de 2017. Excepcionalmente, y previa justificación técnica, se podrá autorizar en las resoluciones de los Planes de Ordenación Cinegética, la caza de hembras en el periodo especificado en el párrafo anterior.
Cabra montés: desde el 15 de noviembre de 2016 hasta el 15 de enero de 2017, ambos inclusive, en el que podrán abatirse machos y hembras de esta especie cuando se autorice en la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o plan de ordenación cinegética del coto de caza.

Consultar aquí la orden de vedas de CLM 2016/2017

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