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La RFEC presenta alegaciones al real decreto para la creación del CONACAPE

 

La Real Federación Española de Caza (RFEC) ha presentado sus alegaciones al proyecto de real decreto por el que se crea el Consejo Nacional de Caza y Pesca (CONACAPE), y se establece su composición y funcionamiento, al estar siendo sometido a consulta por parte del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

La RFEC ha presentado un total de nueve alegaciones, entre las que cabe reseñar la indicación de que el citado Consejo no debiera estar integrado conjuntamente por el sector de la caza y la pesca, ya que ambos sectores tienen intereses muy distintos y, por tanto, cada uno debiera tener su propio consejo nacional.

Además, la Real Federación Española de Caza opina que contar con un total 51 representantes de organizaciones de ámbito estatal es un excesivo número de participantes que sólo conducirá al Consejo Nacional al fracaso, por inoperante.

De igual forma, la RFEC también formula otra alegación basada en el número de representantes que se conceden a las “federaciones de caza”, que será de “tres vocales”, lo que supone un 6% de la representación total, una cifra totalmente insuficiente, puesto que las 19 federaciones de caza (autonómicas más nacional) cuentan con casi 400.000 federados. Por tanto, “tres vocales” es para la Federación «claramente, un número ridículo» dada la amplia representación social que ostentan.

Por otra parte, dado el carácter “nacional” del Consejo, la RFEC, «como única federación que representa a cazadores federados, deportistas profesionales o aficionados, jueces y árbitros, sociedades o asociaciones, clubes o agrupaciones dedicados a la práctica del deporte de la caza, tanto a nivel nacional como internacional, debería ser vocal por derecho propio».

En lo que se refiere a las funciones del Consejo Nacional de Caza, la RFEC alega que el real decreto no recoge casi ninguna de las funciones que el ente federativo propuso al Ministerio el 24 de mayo de 2017, entre ellas: proponer la homogeneización de la legislación cinegética autonómica; asesorar a administraciones y sectores cinegéticos interesados; servir de órgano de información y comunicación entre administraciones, federaciones, entidades privadas y cazadores; proponer la elaboración de normas, estudios, trabajos y proyectos relacionados con la caza y, en su caso, proceder a su ejecución; promover el deporte cinegético al amparo de las federaciones de caza; realizar trabajos y estudios; elaborar un código de la legislación de caza vigente; organizar un Congreso Nacional de la Caza y Artes Venatorias; presentar cada cinco años un estudio acerca de la significación social de la caza; y ser escuchado en la elaboración y aprobación de cualquier normativa legal en materia de caza, y en todo aquello que afecte a cazadores, propietarios de acotados, especies cazables, reglamentación, tenencia y uso de armas de caza, guardas de caza y perros de caza.

Por tanto, la Real Federación Española de Caza solicita que en el real decreto por el que se pretende crear el Consejo Nacional de Caza y Pesca «se recojan las funciones de un consejo nacional únicamente de caza, y se otorgue a la Real Federación Española de Caza y a las federaciones de caza autonómicas las vocalías que objetivamente les corresponden».

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