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Castilla-La Mancha no quiere dar más autorizaciones para el silvestrismo

La Comunidad de Castilla-La Mancha pretende acabar con las autorizaciones de captura y retención de aves fringílidas, con lo que la práctica del silvestrismo en la región no podría ya realizarse.

Así lo ha dispuesto con la publicación hoy en el DOCM de la Resolución de 06/07/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 06/07/2018, por la se que pone fin al régimen de autorizaciones de captura y retención de aves fringílidas en aplicación de las Directrices técnicas para la adaptación de la extracción de fringílidos del medio natural a las disposiciones del artículo 9 de la Directiva Aves 2009/147/CE.

Según indica la resolución, las Directrices técnicas para la adaptación de la extracción de fringílidos del medio natural al artículo 9 de la Directiva Aves 2009/147/CE fueron elaboradas por un grupo de trabajo del Comité de Flora y Fauna Silvestres de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, y aprobadas por ésta en su reunión del 13 de julio de 2011.

La actuación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, respecto al régimen de autorizaciones para la captura de aves fringílidas, ha estado enmarcada en las referidas Directrices técnicas desde su aprobación. A partir del año 2011, las direcciones provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en las provincias de Ciudad Real y Guadalajara han concedido autorizaciones de captura y retención de aves fringílidas sobre la base de las citadas recomendaciones.

Pero tras considerar la Comisión Europea que la aplicación de las Directrices técnicas suponía el incumplimiento por el Estado Español de la Directiva Aves, en un dictamen motivado, de fecha 17 de mayo de 2018, la Comisión Europea ha declarado que, en su criterio, las mencionadas directrices técnicas no cumplen las condiciones para la concesión de excepciones a que se refiere el artículo 9 de la Directiva Aves 2009/147/CE, y ha instado al Reino de España a adoptar las medidas requeridas para ajustarse al mismo en un plazo de dos meses a partir de su recepción, motivo por el que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha aprobado esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, y contra la que puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes.

Ver aquí completa la Resolución de 06/07/2018,  por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 06/07/2018, por la se que pone fin al régimen de autorizaciones de captura y retención de aves fringílidas

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