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Andalucía autoriza la caza de conejos por sobrepoblación y daños en Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla

La Junta de Andalucía ha autorizado la caza de conejo silvestre en varias localidades de las provincias de Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla por la superpoblación de los mismos y los daños que están originando en el campo.

La Consejería andaluza de Agricultura ha indicado en el BOJA que existen poblaciones localmente altas que ocasionan daños localizados en términos municipales incluidos en el Área Cinegéticas del Valle del Guadalquivir, lo que ha llevado a declarar medidas cinegéticas excepcionales para el control de daños en términos municipales de dichas provincias.

La resolución estará vigente hasta que termine la próxima temporada de caza 2019/2020, aunque podría suspenderse, en parte o completa, en el momento en el que se constate que han desaparecido las causas que han motivado su declaración.

Medios de captura que podrán aplicarse:
1. Captura en vivo con hurón y redes y/o mediante capturadero.
Las capturas en vivo podrán realizarse durante toda la temporada de caza 2019-2020.
2. Armas de fuego. El período hábil se amplía desde el 24 de noviembre hasta el 26 de abril, siendo hábiles jueves, sábados y domingos. Con carácter general, el número máximo de cazadores será de 5 por cada 250 ha en cada jornada, pudiendo incrementarse en 2 más por cada fracción de 100 ha. No obstante, en aquellos terrenos cinegéticos donde la intensidad de los daños ocasionados requiera un mayor esfuerzo en la gestión, a instancias del titular del coto de caza se podrá modificar dichos valores mediante la correspondiente autorización de la delegación territorial.
Para el empleo de perros, el período hábil se amplía desde el 24 de noviembre hasta el 9 de febrero, no pudiendo utilizarse más de tres perros por persona cazadora.
3. Uso de aves de cetrería. El período hábil se amplía desde el 24 de noviembre hasta el 26 de abril, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos.
Todo lo anterior, se entiende sin perjuicio de la posibilidad de utilizar otros medios de captura que se autoricen excepcionalmente por las Delegaciones Territoriales competentes.

Relación de términos municipales afectados:
Córdoba: Moriles, Puente Genil, Santaella y Villanueva del Duque.
Jaén: Andújar (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Arjona, Arjonilla, Baeza, Begíjar, Canena, Cazalilla, Espelúy, Fuerte del Rey, Higuera de Calatrava, Ibros, Jabalquinto, Jaén, Jimena, Lahiguera, Lopera, Lupión, Mancha Real, Marmolejo (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Martos, Mengíbar, Porcuna, Rus, Sabiote, Santiago de Calatrava, Torreblascopedro, Torredonjimeno, Torreperojil, Úbeda, Villanueva de la Reina (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir) y Villatorres.
Málaga: Alameda, Almogía, Antequera, Archidona, Campillos, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción y Villanueva de Tapia.
Sevilla: Aguadulce, Alcalá de Guadaira, Arahal, Badolatosa, Cabezas (Las), Cañada del Rosal, Carmona, Casariche, Corrales (Los), Cuervo (El), Dos Hermanas, Écija, Estepa, Fuentes de Andalucía, Gilena, Herrera, Lantejuela, Lebrija, Lora de Estepa, Luisiana (La), Mairena del Alcor, Marchena, Marinaleda, Martín de la Jara, Molares (Los), Morón de la Frontera, Osuna, Palacios y Villafranca (Los), Paradas, Pedrera, Puebla de Cazalla (La), Rinconada (La), Roda de Andalucía (La), Rubio (El), Saucejo (El), Utrera, Villanueva de San Juan y Viso del Alcor (El).

Consultar aquí la resolución completa.

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