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Andalucía declara área de emergencia cinegética para evitar daños del conejo

La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha declarado el área de emergencia cinegética temporal en 137 municipios de las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén Málaga y Sevilla, con el fin de controlar el incremento de las poblaciones de conejo y  evitar daños en las producciones agrarias.

Según ha informado la propia Consejería en un comunicado, esta resolución fue acordada en el Comité de Caza celebrado el pasado 12 de abril, y se aplicará durante la temporada de caza 2012-2013, pudiendo quedar suspendida «cuando se constate que han desaparecido las causas que motivaron la declaración de dichas áreas», explica la Consejería.

Este es el cuarto año que se declara el área de emergencia cinegética «tras los buenos resultados obtenidos en temporadas anteriores en el control de los daños causado por el conejo silvestre y para dar respuesta a las reiteradas peticiones de los agricultores», señala la Consejería de Medio Ambiente.

Aplicación práctica: más días de caza y más cazadores
Así, en los terrenos cinegéticos de los municipios afectados se ampliará el número de autorizaciones para la captura de conejos mediante el empleo de hurón y redes, y capturaderos. La resolución permite también incrementar el número de cazadores hasta alcanzar los quince por cada 250 hectáreas en cada jornada, pudiendo incluso incrementarse en dos más  por cada fracción de 100 hectáreas. Para el empleo de perros, el periodo hábil será el comprendido entre el 15 de agosto y el 10 de febrero, no pudiéndose utilizar más de tres perros por cazador.

Por otra parte, el periodo hábil para la caza con armas de fuego y con medios auxiliares como la cetrería se ampliará desde el 10 de septiembre al 6 de octubre y desde el 3 de diciembre  al 28 de abril, siendo hábiles todos los días de la semana. A lo largo del periodo hábil de la media veda y periodo general de la temporada de caza 2012-2013, que transcurre desde el 8 de julio al 9 de septiembre y del 7 de octubre al 2 de diciembre, respectivamente, se aplicarán las medidas contempladas en los planes técnicos de caza y las fijadas en la Orden de 13 de junio de 2012, que fijó las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por otra parte, «y con el fin de que los cazadores se centren en la reducción de daños a los cultivos ocasionados por los conejos silvestres en las producciones agrícolas», Medio Ambiente ha suspendido las sueltas y repoblaciones de esta especie, así como las medidas para proceder al control de predadores, sin perjuicio del derecho que los propietarios de terrenos o titulares de cotos de caza tienen al aprovechamiento cinegético con armas de fuego, durante el período hábil de las especies incluidas en el Anexo I D) del Reglamento de Ordenación de la Caza, todo ello conforme a lo previsto en los planes técnicos de caza de los cotos afectados.

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