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Los cazadores andaluces podrán circular en horario nocturno para acudir a actividades cinegéticas de control poblacional

horario nocturno
Los cazadores andaluces podrán circular en horario nocturno para acudir a actividades cinegéticas de control poblacional.

La Federación Andaluza de Caza ha logrado que se flexibilice la restricción de horario nocturno para aguardos y otras modalidades vinculadas al control de sobreabundancia de especies cinegéticas.

Así lo señala tras analizar el Decreto de Presidencia 2/2021 de 8 de enero, publicado en el BOJA.

La Federación Andaluza de Caza ha informado que los cazadores andaluces podrán circular en horario nocturno para acudir a actividades cinegéticas vinculadas al control poblacional por sobreabundancia de especies cinegéticas.

Sólo permitida la movilidad en horario nocturno para control poblacional 

La medida se recoge el aparado “j” del artículo 5 del Decreto, que señala que la restricción de horario nocturno (establecida entre las 06:00 y las 22:00 horas) se flexibiliza a partir del próximo lunes 11 de enero, y hasta el 25 de enero, para “desarrollar actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial”.

«De esta manera, la Junta de Andalucía da respuesta a otra de las demandas de la Federación Andaluza de Caza», señala la entidad, al permitir la circulación «para el desarrollo de aguardos nocturnos así como la movilidad dentro del horario nocturno para acudir a actividades de caza vinculadas al control de población (monterías, batidas y ganchos)».

Los cazadores también podrán salir y entrar de municipios confinados 

El Decreto también señala que en las mismas fechas, del 11 al 25 de enero, los cazadores de todos los municipios comprendidos en las áreas sanitarias Campo de Gibraltar Este y Oeste, así como del municipio de Añora (Córdoba), no tendrán limitación de entrada y salida para el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial.

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