Nacional

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Parques Nacionales que excluye la caza deportiva y comercial

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), aprobó, el pasado viernes 24 de enero, remitir a las Cortes el Proyecto de Ley de Parques Nacionales, con el que se garantiza la adecuada conservación de estos espacios que cuentan con la máxima protección medioambiental en España y se refuerza la coordinación y la colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas, encargadas de su gestión.

 

La caza, incompatible

Por otra parte, con este Proyecto de Ley la caza deportiva y comercial, así como la pesca deportiva y recreativa y la tala con fines comerciales, serán incompatibles en los Parques Nacionales y, por lo tanto, no se podrán desarrollar en estos espacios

Este Proyecto asegura la conservación de los Parques Nacionales; implanta un nuevo modelo que, respetando la gestión ordinaria por parte de las Comunidades Autónomas, suma la coordinación por parte del Estado; procura una gestión más participativa y abierta a la sociedad; integra en la gestión a los habitantes de los Parques Nacionales y de sus entornos, impulsando el desarrollo sostenible de estas poblaciones. 

En la actualidad, existen quince Parques Nacionales, que ocupan una superficie de 381.716,49 hectáreas y acogen una gran riqueza de fauna y vegetación, las especies más emblemáticas del país. La última incorporación ha sido la del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama (33.960 hectáreas), entre Madrid y Castilla y León, tras una tramitación de diez años y que concluyó el pasado junio. 

El Proyecto de Ley refuerza la coordinación entre Estado y Comunidades Autónomas para garantizar la conservación de los Parques Nacionales, con absoluto respeto a las sentencias del Tribunal Constitucional.

El texto incluye una importante novedad y subsana un vacío legal existente, al introducir la posibilidad de intervención estatal en los Parques Nacionales, coordinada con las Comunidades Autónomas, en caso de catástrofes o situaciones extraordinarias que pongan en peligro su riqueza natural. 

El Proyecto recoge también la elaboración de un Plan Director de Parques Nacionales, el documento de más alto rango en la planificación de los PN, que incluirá las grandes directrices para su planificación, gestión y conservación, y que constituirá también un desarrollo reglamentario de la Ley.

Asimismo, se refuerza el papel del Plan Rector de Uso y Gestión de los Parques Nacionales como instrumento de planificación, y también se incorpora al texto normativo la puesta en marcha de un Comité Científico que generalizará las funciones de asesoramiento técnico al conjunto de estos espacios.

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