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Galicia ya cuenta con la nueva orden de vedas de caza para 2017/2018

El Diario Oficial de Galicia ha publicado hoy la resolución por la que se determinan las épocas hábiles de caza durante la temporada 2017/18.

Según publica la Resolución de 19 de mayo de 2017, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2017/18, el periodo hábil general para ejercer la caza en Galicia será el comprendido entre los días 15 de octubre de 2017 y el 6 de enero de 2018, ambos inclusive, con las excepciones que para cada especie se señalan en el título V de la resolución, y que detallamos a continuación:

-Becada : en terrenos cinegéticos de régimen especial y después de su solicitud, se podrá prolongar el período hábil hasta el día 11 de febrero de 2018.
-Agachadiza: excepto en los ayuntamientos que se relacionan en el anexo V de esta resolución, en los cuales su caza está prohibida, esta especie se puede cazar en el período hábil de caza menor, pudiendo prorrogarse en terrenos cinegéticos de régimen especial y previa solicitud, hasta el día 11 de febrero de 2018.
-Liebre: sólo se autoriza su caza entre el 15 de octubre y el 26 de noviembre de 2017 y en terrenos de régimen cinegético especial.
-Zorro: en el período hábil de caza menor se puede cazar en las distintas modalidades de caza menor y en batida. Se podrán autorizar batidas para la caza del zorro del 2 de septiembre al 14 de octubre de 2017, y del 7 de enero al 11 de febrero de 2018.
-Codorniz: esta especie se puede cazar en el período hábil de caza menor. En los tecores de la antigua laguna de Antela en los ayuntamientos que se relacionan en el anexo III de esta resolución, además se podrá autorizar su caza entre el 19 de agosto y el 10 de septiembre de 2017 los sábados y domingos en las modalidades denominadas en mano y al salto.
-Paloma torcazy tórtola común: se pueden cazar en el período hábil de caza menor. En los tecores de la antigua laguna de Antela, en los ayuntamientos que se relacionan en el anexo III de esta resolución, se podrá autorizar su caza junto con la codorniz en iguales condiciones que las reflejadas en el apartado referido a la codorniz.
-Zorzales : se prolonga el período hábil de caza hasta el día 31 de enero de 2018, en la superficie de los tecores incluida en los ayuntamientos de Salceda de Caselas, Salvaterra de Miño, Tomiño, O Rosal y Tui, de la provincia de Pontevedra.
Prohibida la caza de perdiz pardilla, avefría, pato cuchara, tórtola turca, gaviota sombría, paloma bravía, paloma zurita y grajilla.

-Corzo: machos, desde el 26 de agosto hasta el 14 de octubre de 2017, para ejemplares adultos, en las modalidades de batida, montería y rececho, los sábados, domingos y festivos, excepto los recechos, que podrán ser todos los días. En los terrenos bajo régimen cinegético especial, se podrán cazar los machos de corzo mediante la modalidad de rececho, desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2018, en cualquier día de la semana. Con carácter general, se prohíbe el aprovechamiento cinegético de las hembras de corzo. No obstante, se permitirá su caza puntual y localizada como consecuencia de los daños que puedan ocasionar. Asimismo, para un mantenimiento sostenible de las poblaciones de esta especie, se permitirá la caza de las hembras adultas en descaste, mediante la modalidad de rececho (cualquier día de la semana) o en batida o montería (los sábados, domingos y festivos), en el período comprendido entre el 2 de septiembre y el 14 de octubre de 2017 o bien entre el 7 de enero y el 4 de febrero de 2018, a elección del/de la titular del aprovechamiento.
-Jabalí: en terrenos de régimen cinegético especial, podrá cazarse los jueves, sábados, domingos y festivos desde el 26 de agosto de 2017 hasta el 14 de enero de 2018, en las modalidades de batida, montería y espera, autorizadas según lo establecido en los artículos 11 y 12 de esta resolución. En terrenos de régimen cinegético común, podrá cazarse los jueves, sábados, domingos y festivos desde el 26 de agosto hasta el 31 de agosto de 2017 y desde el 7 de enero hasta el 14 de enero de 2018. En el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 y el 5 de enero de 2018, ambos incluidos, únicamente se podrá cazar los sábados. Queda prohibido realizar, en la misma mancha y jornada, batidas sobre esta especie y practicar la caza sobre especies de caza menor.
-Ciervo, gamo y muflón: únicamente podrán cazarse en terrenos cinegéticos de régimen especial, en la modalidad de rececho, desde el 2 de septiembre hasta el 1 de octubre de 2017, cualquier día de la semana, en el caso de machos adultos y hembras adultas en descaste y, con todas las modalidades, desde el 15 de octubre de 2017 hasta el 14 de enero de 2018, los jueves, sábados, domingos y festivos y cualquier día en el caso de los recechos, con autorización.
-Cabra montés: se prohíbe la caza de esta especie excepto en los tecores de O Xurés especificados en el correspondiente plan anual de aprovechamiento cinegético, donde se permite su caza desde el 15 de septiembre de 2017 hasta el 15 de marzo de 2018.
-Rebeco: únicamente en la Reserva Nacional de Caza de Os Ancares.
-Lobo: queda prohibida en general su caza, aunque podrán adoptarse medidas de control frente a los daños producidos por la especie.

Días hábiles
Se consideran días hábiles de caza los jueves, domingos y festivos de carácter estatal y autonómico, con las excepciones que se recogen en esta resolución.

Consultar en este enlace las épocas hábiles de caza durante la temporada 2017/18 en Galicia.

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