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Galicia: la Ley de Bienestar Animal se adecuará a los perros de caza y ganado

 

Las asociaciones que pertenecen a la Mesa Galega pola Caza (Asociación Española de Rehalas, Aproca Noroeste y Asociación Caza Maior Galicia se han mostrado satisfechas porque las distintas reuniones con los grupos parlamentarios de la Cámara gallega hayan servido para lograr la sensibilización de sus señorías sobre lo que era una manifiestamente mejorable redacción del Anteproyecto Ley de Bienestar de Animales de Compañía de Galicia, y que ponía en grave riesgo la realización de las labores normales en el mundo rural realizadas con perros, como la caza o la protección de los rebaños, entre otras.

Ha sido el parlamentario del Grupo Popular, Gonzalo Trenor, quien, mediante una llamada telefónica a la Mesa, ha confirmado finalmente que se mejorará la redacción de la definición de maltrato animal en el artículo 4, de donde se excluirán, aquellas lesiones producto del accidente o de la fuerza mayor.

Con ello, este diputado, «con los pies en la tierra», ha mejorado una deficiente definición del maltrato que, de no haberse cambiado, podría haber sumido a muchos ganaderos gallegos en posibles sanciones de carácter grave.

«Para muestra, un botón: un mastín que sufriese heridas de un lobo o un perro de caza de un jabalí», comentan desde la Mesa. «Gracias a esta nueva redacción pactada con el grupo Parlamentario Popular se evitará que, actividades normales y necesarias en el medio rural, pudiesen ser sancionadas de forma injusta».

De la misma forma, los miembros de la Mesa Galega pola Caza se felicitan de haber consensuado con el Grupo Parlamentario Socialista una redacción que han presentado, a modo de enmienda, en el artículo 2 para que se garantice el libre desarrollo de las actividades de los perros de trabajo, durante su actividad reglada, independientemente de que se consideren de compañía durante su estancia en la residencia habitual.

La Mesa espera que ambos grupos concuerden también esta redacción del artículo nº 2, «por el bien de un mejor desarrollo de las actividades básicamente tradicionales en el rural gallego, sin dejar atrás la garantía necesaria del bienestar animal». Además, garantizaríamos «una mejor concordancia con el Art. 11 de la Ley 50/1999», lo que evitaría cambios a posteriori  de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración do Estado-Comunidade Autónoma.

 

 

 

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