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Extremadura: la orden de vedas devolverá la caza del conejo al 12 de octubre

El texto de la Junta, pendiente de su próxima publicación en el Diario Oficial de Extremadura, da respuesta a las reivindicaciones del sector.

Ya conocemos las novedades que quiere introducir la Junta de Extremadura de cara a la nueva temporada de caza. Y son novedades importantes. A falta de que se publique en el Diario Oficial de Extremadura, algo que se producirá una vez superados los trámites jurídicos y administrativos, al revista Caza Federada, de la Federación Extremeña de Caza, avanza el texto de la orden que se acordó en el Consejo Extremeño de Caza celebrado el 20 de junio, confiando en que «no sufra cambios significativos».

Se trata de una orden de vedas que desde la Federación Extremeña de Caza se valora de manera muy positiva, puesto que responde a muchos meses de trabajo y de coordinación entre el sector cinegético y la Administración. En este sentido, es imprescindible destacar «el gran trabajo» que han desarrollado los técnicos de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, y especialmente del Servicio de Recursos Cinegéticos, «que han sabido dar respuesta a muchas de las demandas que han llegado desde el sector de la caza. El resultado, una gran orden general de vedas para la temporada 2017/2018».

«Como hemos avanzando, la regulación de la nueva temporada de caza supondrá novedades importantes». El periodo para la caza menor en general comprende desde el 12 de octubre de 2017 hasta el 6 de enero de 2018, mientras que el período hábil para monterías, batidas y ganchos de caza mayor comienza el sábado anterior al 12 de octubre y dura hasta el tercer domingo de febrero.

La caza de zorro con perro de madriguera se amplía hasta el último domingo del mes de abrilSe prevé la autorización de la caza de la tórtola turca, petición histórica de los cazadores

En el caso del conejo, la Junta de Extremadura ha dado respuesta a una de las demandas de los cazadores, como es volver a su fecha tradicional. De esta manera, la orden modifica el periodo hábil de conejo: el comienzo vuelve a ser el 12 de octubre y la finalización, en cualquier modalidad, el último domingo de diciembre.

Por lo que se refiere a la media veda, se ha establecido desde el tercer domingo de agosto hasta el segundo domingo de septiembre (lo que supone una reducción de un día hábil), excepto para la codorniz al salto, que se iniciará el 15 de agosto. Asimismo, se reduce a 10 el cupo de codorniz y de tórtola común. El cupo de paloma torcaz se mantiene en 15, en este período. Durante la media veda, como control de daños, se autoriza el abatimiento de la especie tórtola turca en aquellos cotos en los que se incluyan explotaciones agrícolas o ganaderas inscritas en el REGA o REA, debiendo remitir el parte de los resultados de esta acción antes del 30 de septiembre. Esto supone que se incluye otra de las demandas históricas de los cazadores extremeños, como es la autorización de la caza de la tórtola turca.

Además, los plazos de la media veda son el mejor reflejo posible del firme compromiso de los cazadores extremeños con la conservación de las especies. No hay que olvidar que estarán gestionando a lo largo de todo el año para, al final, cazar muy poco y ver cómo se reducen a 8 los días hábiles para la tórtola común, con 10 ejemplares por día.

En el caso de la caza de zorro con perros de madriguera, se amplía el período hábil hasta el último domingo de abril. El objetivo de esta medida es poder llevar a cabo una mejor gestión de este depredador tan oportunista y numeroso en Extremadura, con el objetivo de avanzar en la recuperación de las especies de caza menor, que tantos problemas tienen en Extremadura en los últimos años. También se mantiene el régimen se acciones preventivas por daños en cotos que no planifiquen el jabalí y que estén incluidos en comarcas VC1, VC2 o VC3 del Plan General de Caza de Extremadura, en la modalidad de esperas preventivas de jabalí y de rececho de ciervas.

Al mismo tiempo, la orden general de vedas modifica y flexibiliza las condiciones para la caza de ciervas por daños y sigue dando numerosos aguardos de jabalí para su control.

Otra novedad importante es la que señala que cuando se practique la caza de aves migratorias en puesto fijo, los puestos deberán situarse a una distancia superior a 100 metros de la linde del terreno cinegético colindante, salvo que exista un acuerdo escrito firmado por los titulares.

Esta medida se excluyó en el Reglamento de la Ley de Caza, y se introduce ahora mediante la OGV, aportando una mayor seguridad y garantía en la actividad cinegética. Se trata de una regulación que había sido muy reclamada por el sector privado y que puede evitar numerosos conflictos.

Por otra parte, en el Consejo Extremeño de Caza del 20 de junio también se abordó la nueva Resolución por la que se declara la emergencia cinegética, de la que se informó en el Consejo. Sin embargo, finalmente se decidió esperar hasta el mes de septiembre para su aprobación, con la intención de recabar datos lo más actualizados posible de las poblaciones de caza mayor de determinadas comarcas cinegéticas, a fin de que las medidas sean coherentes con la situación real de las especies en cada zona.

Fuente: hoy.es / Fedexcaza

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