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Andalucía publica su orden general de vedas de caza para 2017/18

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de hoy, 2 de agosto, la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se modifica la Orden de 5 de junio de 2015, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2017/2018.

Novedades

Conejo: para reducir la presión cinegética y facilitar una rápida recuperación de las poblacione se reduce el cupo de capturas de de 5 a 3 ejemplares por cazador y día, durante el mes de noviembre con el fin de reducir la presión cinegética que facilite el período de reproducción del conejo.

Tórtola: para paliar, en lo posible, el declive generalizado de sus poblaciones se fija un cupo máximo de captura de 5 ejemplares por cazador y día, además de excluir la caza de esta especie del período general de la caza menor, es decir, desde el primer domingo del período comprendido entre el 6 de octubre y el 3 de enero.

Zorzales y estornino pinto: se retrasa tanto el inicio como el final del período general, al 12 de noviembre y 4 de febrero, como de la zona costera de Cádiz,al 15 de octubre y 4 de febrero.

Perdiz roja con reclamo: en los cotos de caza adscritos al área cinegética de Tejeda-Almijara de la provincia de Málaga, definidos en el subapartado 2.a) del artículo 9, los titulares cinegéticos pueden optar entre el periodo de su grupo de áreas cinegéticas y el correspondiente al Grupo 2.º Por otro lado, se crea un nuevo subapartado 2e) del artículo 9, para que los titulares cinegéticos adscritos al área cinegética de Ronda Grazalema, solo para la provincia de Málaga, puedan optar entre el período hábil de caza de su grupo de áreas cinegéticas y el correspondiente al Grupo 1.º En ambos casos, el adelanto en las fechas de caza es una medida más conservativa respecto al período de reproducción de la perdiz roja, ya que supone el cierre del período de caza en fechas más tempranas y por tanto antes del inicio de la reproducción, estando en sintonía con las recomendaciones de la Comisión Europea de velar por los períodos de reproducción de las especies.

Arruí: se suprime su aprovechamiento cinegético, por tratarse de una especie catalogada como exótica invasora de las incluidas en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.

Consultar aquí la orden general de vedas 2017/18 en Andalucía.

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