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Autorizados tres nuevos métodos de control de predadores en Castilla-La Mancha

La Junta de Comunidades de Castilla La Mancha publicó este martes en el Diario Oficial de Castilla La Mancha la Orden 191/2017, de 13 de noviembre, que homologa nuevos métodos de control de especies cinegéticas depredadoras. En concreto, se trata de la trampa Belisle Selectif, la jaula de captura Larssen y la trampa de nasa lateral.

La Junta de Comunidades de Castilla La Mancha ha valorado distintos métodos de captura de especies depredadoras, atendiendo a criterios de bienestar animal, selectividad, eficiencia, y evitar impacto sobre las especies no-objetivo y seguridad para los usuarios recogidos en los acuerdos internacionales de captura no cruel, aceptando como métodos válidos u homologados los siguientes:

– Jaula de captura Larssen o de buzón: trampa de dimensiones aproximadas 4x3x3 m., su característica principal reside en la disposición en su techo de dos paneles metálicos inclinados 45º hacia el interior, que confluyen en un marco estrecho dispuesto en sentido longitudinal y dividido mediante travesaños en aberturas de entre 15 y 17 cm. La especie objetivo es la urraca.

– Trampa de nasa lateral: trampa de dimensiones aproximadas 1,5 1,5 m., su característica principal reside en la disposición en uno de sus laterales de una puerta de entrada en forma trapezoidal (nasa lateral) de 55 cm de longitud situada de 50 a 75 cm de altura, con apertura exterior de 18-25 cm e interior de 10-15 cm, que finaliza en un conjunto de alambres de punta roma o curvada dispuestos hacia el interior. La especie objetivo es la urraca.

– Trampa Belisle selectif: sistema de retención por cable activado o propulsado, siendo el propio animal el que debe activar el método de control para que este lance el cable de retención que atrapará al animal por una extremidad. El método de captura consta de dos elementos principales: el mecanismo lanzador del cable y el propio cable de retención. La especie objetivo es el zorro.

Las trampas empleadas, que tendrán que revisarse de forma diaria, deberán estar identificadas mediante un precinto, tal y como se establece en el artículo 44.4 del Reglamento general de aplicación de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha, en el que se haga constar los datos de identificación del usuario acreditado responsable de su instalación, de acuerdo con lo que dispongan las normas que regulen la figura del especialista acreditado en la utilización de métodos de captura de predadores. Además, éstas deberán ser retiradas del medio natural o inhabilitadas para su uso durante los periodos del año en que no estuvieran vigentes las correspondientes autorizaciones administrativas.

Esta orden entrará en vigor en el plazo de veinte días a contar desde hoy.

Consultar aquí la Orden 191/2017, de 13 de noviembre, completa.

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