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El TSJ de Castilla y León paraliza la caza del lobo para la temporada 2018/2019

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha decidido mantener cautelarmente la paralización de la caza del lobo hasta la próxima temporada y atiende así la petición de la Asociación para la Conservación y el Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL).

La Asociación ha recurrido la Resolución de 29 de julio de 2016 dictada por la Dirección General del Medio Natural, por la que se aprueba el Plan de aprovechamientos comarcales de lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del Río Duero en Castilla y León para las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019.

La Asociación, en un comunicado recogido por Europa Press, ha explicado que el TSJCyL rechaza así el recurso de reposición que la Junta de Castilla y Léon había interpuesto contra la medida cautelar solicitada por el colectivo en su recurso de 2017 y sobre el que ya se pronunció el Alto Tribunal, que acordó esta medida.

En concreto, en un auto de 6 de julio, el TSJCyL acuerda desestimar todos y cada uno de los argumentos manejados por la Junta de Castilla y León y mantiene la medida cautelar solicitada por ASCEL que paraliza el aprovechamiento cinegético del lobo en las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019.

ASCEL considera que la «racionalidad se va imponiendo camino de impedir la caza de ejemplares de una especie protegida», ya que en el auto se entiende que inicialmente el lobo no puede ser considerada «especie cinegética» y por lo tanto «no puede ser objeto de caza», dada su protección, aunque es «posible» su gestión y las decisiones que se tomen deben garantizar su conservación.

Normativa anterior

El auto, ha incidido la Asociación, «se basa en la anulación de disposiciones normativas anteriores» como el Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre; el Decreto 14/2016, por el que se aprueba el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León o la Orden FYM/609/2016, de 28 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza y el lan de aprovechamientos comarcales para la temporada 2015/2016.

En el auto, recogido por Europa Press, se aclara que con la decisión de mantener esta paralización cautelar no se afirma, como se dice en el recurso de reposición, que la caza no sea una forma válida de gestión de lobo, sino que no se tienen «datos suficientes para poder concluir ahora en esta pieza que la suspensión de la resolución impugnada afecte a tales intereses en los términos en que se afirma que lo puede hacer».

Por eso, aclara el auto, cuando se dice que hay otras formas de gestión lo que se quiere «decir y razonar» es que caben otras alternativas en el caso de que se produzcan «problemas o tensiones» con otros sectores de la sociedad como es el caso de los ganaderos a los que también se alude. «Por eso podemos concluir que la suspensión de la resolución recurrida no consta que pueda producir una perturbación grave de los intereses generales o de terceros», ha agregado.

Fuente: elnortedecastilla.es

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