Federaciones

La FAC pide explicaciones por las trabas a los silvestristas cordobeses en los cauces de ríos

Ante las trabas sufridas por los silvestristas cordobeses durante las capturas estivales en los cauces de ríos y arroyos debido a una interpretación errónea del artículo 55 de la Ley 8/2003 de Flora y Fauna que se refiere a caza, y que por tanto no regula el Silvestrismo, la Federación Andaluza de Caza ha pedido explicaciones para aclarar los motivos que han provocado dicho perjuicio a los silvestristas de la provincia de Córdoba.

 

En este sentido, el organismo federado ha enviado una comunicación a la Comandancia de la Guardia Civil en Córdoba para solicitar que esta situación no vuelva a producirse toda vez que el artículo 55 de la Ley 8/2003, que se refiere a la prohibición de tirar con fines de caza a alambres o redes en cursos o masa de agua, no afecta a la actividad del Silvestrismo, que se regula en la misma Ley a través de los artículos 9 y 10.

Así consta, precisamente, en un escrito firmado por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente y dirigido a la FAC como respuesta a una consulta formulada por la propia institución federada al haber detectado la imposición de trabas a silvestristas que practicaban sus capturas cerca de ríos y cauces.

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