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Extremadura permite cazar más reses por alto riesgo de contagio de tuberculosis

La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura de la Junta de Extremadura publicó la pasada semana en el Diario Oficial de Extremadura una resolución que declara 41 municipios extremeños como zonas de emergencia cinegética por el alto riesgo de contagio de tuberculosis bovina entre las especies de caza mayor y la ganadería doméstica. De acuerdo con dicha orden, se permitirá cazar más ciervos, gamos y jabalíes para controlar sus poblaciones en aquellas zonas calificadas como de máximo riesgo de contagio.

Los municipios afectados por esta emergencia cinegética son Malpartida de Plasencia, Jaraicejo, Casas de Miravete, Serrejón, Torrejón el Rubio, Serradilla, Membrío, Carbajo, Herrera de Alcántara, Santiago de Alcántara, Alcántara, Cáceres, Aliseda, Herreruela, Salorino, San Vicente de Alcántara, Alburquerque, La Codosera, Valencia de Alcántara, Alía, Villar del Pedroso, Castañar de Ibor, Mesas de Ibor, Deleitosa, Bohonal de Ibor, Carrascalejo, Fresnedoso de Ibor, Robledollano, Navalvillar de Ibor, Valdelacasa de Tajo, Peraleda de San Román, Garvín, Herrera del Duque, El Gordo, Toril, Almaraz, Campillo de Deleitosa, Berrocalejo, Coria, Zarza la Mayor y Moraleja.

Entre un 10% y un 25% más de cupo de hembras
Según la citada Orden, en estas localidades, en los cotos abiertos de caza mayor, en cotos sociales y en las partes abiertas de los cotos cerrados, los cupos de recechos de gestión podrán acumularse al cupo de montería o gancho. Así mismo, cuando existan cotos colindantes, se podrán acumular los cupos individuales de hembras de ciervo y gamo de cada uno de los cotos en una o varias acciones concretas de las modalidades de montería o gancho, siempre que se cuente con el acuerdo por escrito de los titulares de dichos cotos. Además, en aquellos cotos de caza que no tengan cupos de ciervas o gamas en su Plan Técnico de Caza, en la modalidad de montería o gancho, podrán abatir un cupo de hembras igual al número de machos abatidos en la temporada anterior.

En los términos municipales incluidos en la Zona de Monfragüe, los cupos de captura establecidos para las hembras de ciervo y gamo, en las modalidades de montería o gancho, se incrementan en un 25% sobre los cupos establecidos en sus Planes Técnicos de Caza aprobados; mientras que en los términos municipales incluidos en la Zona del Tajo, los cupos de captura establecidos para las hembras de ciervo en las modalidades de montería y gancho, se incrementan en un 20% sobre los cupos establecidos en sus Planes Técnicos de Caza aprobados. Finalmente, en los cotos incluidos en las restantes zonas de emergencia cinegética, los cupos de captura establecidos para las hembras de ciervo y gamo en las modalidades de montería o gancho, se incrementan en un 10% sobre los cupos establecidos en sus Planes Técnicos de Caza aprobados.

Otras medidas
A todo lo anterior hay que sumar que en todo el territorio de la Comunidad Autónoma se podrán adoptar otras medidas. En las partes cerradas de los cotos cerrados de caza mayor se podrán abatir ciervos y gamos en las modalidades de montería, gancho, batida, y recechos de gestión, sin tener en cuenta los cupos establecidos en sus Planes Técnicos de Caza. Quedan fuera de esta medida los recechos ordinarios o de trofeos, que se regirán por lo aprobado en el Plan Técnico de Caza.

Y en los cotos abiertos de caza mayor, en los cotos sociales y en las partes abiertas de los cotos cerrados de los términos municipales no incluidas en las Zonas declaradas de emergencia cinegética, los cupos de captura de hembras de ciervo y gamo serán los establecidos en sus respectivos Planes Técnicos de Caza aprobados. También se establecen condiciones para casos de alimentación suplementaria en las zonas declaradas de emergencia cinegética.

Por último, y con el objetivo de evitar el contacto en los comederos entre las especies de ciervo y gamo con el jabalí, los comederos dedicados a las dos especies de cérvidos deberán realizarse con una longitud mínima de 250 metros, debiendo realizar al menos uno por cada 250 hectáreas de acotado. Estos comederos deben estar alejados del ganado doméstico, en el caso de ser accesibles, al menos 500 metros. También se marcan condiciones específicas para comederos de jabalíes.

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