En la prensa

Cataluña actúa contra el furtivismo cerca del Espacio de Interés Natural Parque del Montnegre y el Corredor

Fuente: Econoticias.com – 02/07/2012

El Departamento de Agricultura, a través del Cuerpo de Agentes Rurales, ha decomisado y retirado de una zona forestal situada en el paraje Can Selva del municipio de Dosrius (El Maresme) una jaula trampa, de grandes dimensiones, que estaba siendo utilizada por la caza furtiva de ejemplares de jabalí. Para atraer a los animales en la trampa ilegal el cazador furtivo utilizaba atrayentes y comida para facilitar su captura.

La jaula estaba instalada en un lugar poco frecuentado pero en las inmediaciones del Espacio de Interés Natural Parque del Montnegre y el Corredor.
 
El lugar donde se ha localizado la jaula trampa ha sido objeto de un seguimiento especial para tratar de identificar el cazador furtivo. Dado que este no ha aparecido ha decidido retirar la trampa para evitar que otros animales pudieran quedar atrapados.
 
La colocación de jaulas trampa sólo está permitida con una autorización excepcional del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural. Además, este tipo de trampas se colocaron en lugares específicos, con conocimiento previo de los Agentes Rurales para poder hacer el seguimiento.
 
La jaula trampa es un medio de caza que está prohibido por diferentes normativas, tanto nacionales como internacionales. Usado de manera ilegal representa un gran peligro para el resto de fauna, tanto protegida como no protegida, así como para las personas que puedan ser víctimas.
 
En la zona donde se ha localizado la jaula trampa hay presencia de comunidades de carnívoros mediterráneos: jineta, garduña, tejón y comadreja, así como de otras comunidades animales provenientes de las zonas forestales cercanas del Parque Montnegre – Corredor, todas ellas protegidas por la Ley de protección de los animales.
 
La utilización de artes ilegales de caza para la captura y muerte de animales y la colocación de jaulas trampa de manera ilegal constituye una infracción administrativa contemplada en el Decreto Legislativo 2/2008 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de protección de los animales, en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la biodiversidad, así como en otras normativas de ámbito comunitario. El hecho de capturar especies protegidas dentro de un espacio natural puede ser constitutiva de un delito tipificado en el artículo 336 del código penal. Esta infracción puede comportar una pena de prisión de 6 meses a 2 años e inhabilitación especial del derecho de cazar entre 3 y 8 años.
 
Desde enero de este año 2012 el Cuerpo de Agentes Rurales del Depto. de Agricultura ha realizado en la comarca del Maresme un total de 420 actuaciones relacionadas con la caza y protección de los animales. En este sentido y para poder compatibilizar la conservación de la fauna salvaje con la agricultura y la ganadería el Departamento dispone de un protocolo de actuación urgente en caso de daños por fauna salvaje en explotaciones agrícolas y ganaderas para autorizar, si caso, la captura de aquellos ejemplares de fauna salvaje que provocan los daños.

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