En la prensa

El Gobierno navarro pagó 82.536 euros en 2011 por 24 accidentes causados por animales

Fuente: Noticias de Navarra.es – Enrique Conde, 11/04/2012

Tanto la gestión errónea, la actividad negligente o la omisión y pasividad de la Administración servirían como para establecer una relación de causa efecto entre el funcionamiento del servicio y la lesión.
En este caso, los daños o lesiones no son otros que los provocados en accidentes ocurridos en carreteras navarras por colisiones contra animales que han invadido la calzada. En total, el Gobierno de Navarra fue condenado el pasado año por los tres juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra a indemnizar con 82.536,75 euros por los choques originados por diferentes animales.

El número de sentencias condenatorias fueron 24, ocho por cada uno de los juzgados unipersonales y estos accidentes fueron provocados en 18 casos por jabalíes; en tres, por ciervos; y un tejón, un buitre y un animal sin especificar causaron los otros tres restantes.
Tanto el departamento de Medio Ambiente, que deberá responder de los daños que se ocasionen por accidentes provocados por especies protegidas o cinegéticas, como el de Obras Públicas, que está obligada a la adecuada conservación de las carreteras existiendo también la obligación de que en la calzada no existan obstáculos, son las Administraciones a las que se les atribuye la responsabilidad en estas resoluciones y quienes tienen que reparar el perjuicio causado bien a estos conductores o pasajeros (algunos, heridos) bien a sus vehículos.

Cuatro supuestos
La Ley Foral 17/2005 del 22 de diciembre establece que los daños causados por este tipo de fauna se indemnizarán conforme a la legislación civil vigente y el reglamento establecido abre el abanico a cuatro supuestos para determinar la posible responsabilidad.
Esta se fijará aportando los documentos necesarios (atestado policial, informe pericial de los daños y factura de la reparación) según un expediente tramitado por el departamento de Medio Ambiente, competente en materia de caza, que fijará si la culpa del accidente es del conductor, por no adoptar las precauciones necesarias para evitar el atropello (conducía a una velocidad excesiva); del titular del aprovechamiento cinegético, el coto de caza, sólo en el caso de una gestión negligente o como consecuencia de la acción de cazar; o del titular de la explotación de la vía pública, siempre y cuando esté motivado por la falta de conservación y protección frente a la invasión de la vía por animales o por ausencia de la señalización adecuada.
En una sentencia reciente se condenó a Obras Públicas porque un gato se coló por un hueco sin protección en la A-15, que según el juez debía estar vallada por completo en ambos márgenes y en toda su longitud.
En todos estos casos, si al conductor no se le estima su reclamación o no quede resarcido en la cantidad que él cree que debe reconocérsele, podrá abrir un procedimiento contencioso contra la Administración en los juzgados, como en los más de veinte casos que fueron estimados el año pasado.
Cada año se producen en Navarra medio millar de accidentes causados por la invasión en la calzada de animales, que le suponen a la Administración unos 600.000 euros.

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