En la prensa

La Audiencia de Castellón avisa a los jueces que el parany es delito

Fuente: elperiodicomediterraneo.com

 

La Audiencia Provincial de Castellón ha decidido unificar criterios sobre la tipificación del parany como delito después de la sentencia que declara inconstitucional este tipo de caza. Así, la Audiencia ha remitido a todos los magistrados de la provincia de Castellón de los juzgados de lo penal, que sentencian sobre este asunto, el acuerdo al que se ha llegado.

 

“A partir de ahora, con la sentencia del Tribunal Constitucional, el parany es un delito, por eso hemos mandado una circular sobre este asunto”, indicó el presidente de la Audiencia, Carlos Domínguez, quien remarcó que van a imponer este criterio en cada una de sus sentencias si reciben recursos de apelación.

De todos modos, desde que entró en vigor la reforma del artículo 336 del Código Penal, en el que se consideraba el parany como un delito mediambiental al no ser selectivo, las resoluciones de la Audiencia han sido contrarias a los paranyers. Por tanto, está unificación de criterios, que no es vinculante, se da ahora en lo que es un claro aviso al magistrado de lo penal de Vinaròs que ha fallado en los últimos meses hasta en tres ocasiones que el parany sí es un método de caza selectivo y, por tanto, absolvía al acusado de haber cometido un delito.

Sentencias que la Fiscalía de Castellón ya anunció que recurriría al no estar de acuerdo. Todo apunta a que el Ministerio Público ganará estas demandas en la Audiencia, teniendo en cuenta la postura tomada por el alto órgano judicial de la provincia.

 

En la reunión mantenida para unificar criterios también se acordó que la captura en vivo de aves con red para el canto, conocida popularmente como enfilat, “no reviste la gravedad de delito por ser un método selectivo y carecer de similar eficacia destructiva que el veneno”. Por tanto, se considerará solo una falta administrativa.

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