En la prensa

Cerco sobre el ´parany´

Fuente: levante-emv.com

La Justicia, el Gobierno y la Unión Europea han estrechado durante los últimos meses el cerco a la caza con «parany» hasta el punto de que las posibilidades de legalización son cada vez más complicadas e incluso la Audiencia Provincial ha unificado criterios para que esta modalidad cinegética se considere delito sin opción a dobles interpretaciones.

 

La cuadratura del círculo comenzó a cerrarse el año pasado con nuevas presiones de la Comisión Europea y la decisión de la Generalitat Valenciana de sólo seguir luchando por la legalización de una alternativa de «parany» sin muerte, lo cual implicaría terminar con esta caza tal como la conocemos hasta ahora. 

Posteriormente, el Ministerio de Medio Ambiente -amenazado con posibles sanciones por parte de la Unión Europea- comenzó a mostrarse reticente incluso a dar el visto bueno al borrador de ley propuesto por la Conselleria de Medio Ambiente.

En este punto, todavía surgían sentencias contradictorias que en unos casos condenaban la caza con «parany» como delito y en otros sólo la penalizaban como falta administrativa en el seno de la Audiencia Provincial de Castelló. 

No obstante, en mayo el Tribunal Constitucional anuló definitivamente el artículo de la Ley Valenciana de Caza que pretendía legalizar el «parany» y concluyó en sentencia firme que la Generalitat Valenciana se excedió en sus competencias y que intentó autorizar un método masivo y no selectivo prohibido de forma tajante por la normativa de la Unión Europea. 

Los magistrados del máximo órgano judicial español declararon «anticonstitucional» este intento de legalización y pusieron fin a un debate que inició la Generalitat en 2009 al defender públicamente el «parany» y aprobar una nueva ley de caza autonómica con el ánimo de legalizar esta modalidad. 

El Constitucional también intentó zanjar de forma casi definitiva la controversia en la que los «paranyers» y la Generalitat esgrimían que la caza con «parany» sí es selectiva. «Una vez que el método de caza del parany -bajo esta denominación o bajo la denominación de liga- ha sido considerado por la jurisprudencia de Luxemburgo como un método no selectivo de caza (Sentencia de 9 de diciembre de 2004 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el asunto C-79/03 Comisión de las Comunidades Europeas contra España), a los efectos de la aplicación de la Directiva que traspone la norma básica estatal, este Tribunal no puede por más que aceptar como válida tal interpretación». Asimismo, el tribunal subraya que «el Anexo VII de la Ley 42/2007 -normativa básica como lo es el art. 62.3 a) que hace remisión al Anexo- recoge expresamente la liga como procedimiento que queda prohibido para la captura o muerte de animales», apuntó el fallo del Constitucional. 

 

A pesar de la sentencia, tanto el Consell como la Asociación de Paranyers de Castelló (Apaval) reiteraron que seguirían defendiendo e intentando la legalización del «parany» sin muerte inspirándose en el «modelo francés». Aún así, la sentencia surgió efecto y, a pesar de sus compromisos con la Generalitat y con el PP valenciano, el propio Ministerio de Medio Ambiente advirtió tras mantener «conversaciones» con la Unión Europea que la sentencia del Tribunal Constitucional hará «más difícil» que el Gobierno pueda aceptar una legalización, incluso aunque se trate de una variación restringida y sin muerte para las aves. En este contexto poco optimista para los «paranyers», esta semana la Audiencia Provincial ha dado un golpe casi de gracia al unificar criterios para calificar el «parany» como delito y no dar más margen a sentencias que amparen al cazador y pongan en cuestión si se trata de una práctica delictiva. A partir de ahora, cualquier «paranyer» denunciado sabe que en la Audiencia esta caza se considerará delito. Apaval y el Consell insisten en que seguirán luchando para legalizar el «parany», pero lo cierto es que el cerco se estrecha cada vez más y las posibilidades de éxito son cada vez menores.

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