En la prensa

Toledo: permitida la caza de conejo con hurones en vías pecuarias

La Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha autorizado a los titulares del aprovechamiento cinegético de los cotos de caza que discurran por vías pecuarias o limiten con ellas la práctica del control de daños causados a la agricultura e infraestructuras por el conejo de monte en la comarca de emergencia cinegética temporal de la provincia de Toledo, integrada por 98 municipios. En el caso de más de un coto de caza la práctica del control se realizará según acuerdo previo de sus titulares.

El método y periodo de control autorizados será la captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 31 de marzo de 2020, quedando limitado el número de cazadores por grupo a un máximo de cuatro, en virtud del apartado tercero de la Resolución citada.Según la Resolución de la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Toledo, que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, dicha declaración podría afectar de manera significativa a vías pecuarias, bienes de dominio público, en su condición de terrenos no cinegéticos (zona de seguridad), al ser necesario contar previamente, para realizar el control de daños, con la autorización expresa de la Administración propietaria en el caso de dominio público.

Pero, a efectos de tramitar con celeridad las correspondientes solicitudes ante la emergencia declarada, dicha Dirección Provincial ha considerado conveniente autorizar de oficio la práctica de estos controles en las vías pecuarias que discurren por 98 términos municipales de la provincia de Toledo en la comarca de emergencia cinegética temporal declarada, comprendiendo numerosos tramos de vías pecuarias que en total acumulan aproximadamente 1.700 kilómetros de longitud.

El ámbito de aplicación de la presente autorización serán los terrenos de dominio público pecuario (vías pecuarias) existentes en los términos municipales de la provincia de Toledo y las operaciones de control de daños se realizarán en el interior de las vías pecuarias donde habiten los conejos.

La práctica de los controles de conejo no podrá impedir ni dificultar el tradicional tránsito ganadero, uso común, prioritario y específico de las vías pecuarias, así como los restantes usos compatibles y complementarios legítimos de estos bienes de dominio público, que tendrán prioridad.

En los tramos de vías pecuarias que discurran por Espacios Naturales Protegidos, cualquiera que sea su calificación, deberán ser observados los condicionantes de los correspondientes Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.