En la prensa

Medidas extraordinarias y urgentes, como cazar sin licencia, para controlar la población de conejos

población de conejo

Se aplicarán en los 118 términos municipales incluidos en el Plan General de Caza de Aragón, que ha sido consensuado con la Federación Aragonesa de Caza, para evitar los daños económicos y ambientales de la población de conejos.

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un decreto-ley con medidas extraordinarias y urgentes para el control de la población de conejos. 118 términos municipales incluidos en el Plan General de Caza de Aragón, que ha sido consensuado con la Federación Aragonesa de Caza, para evitar los daños económicos y ambientales.

El consejero de Agricultura, Joaquín Olona, ha explicado tras la reunión del Consejo de Gobierno que el decreto-ley establece que en el plazo de 30 días desde su entrada en vigor los titulares de los cotos de caza podrán bien adoptar con carácter urgente un plan de medidas de intensificación de la caza del conejo.

Se presentarán ante la administración o bien solicitar al Gobierno de Aragón que intervenga, mediante la Federación, en los cotos y en los terrenos no cinegéticos con «cazadores habilitados por la administración» para intensificar la caza del conejo y reequilibrar su población.

Olona ha recalcado que se trata de cazadores habilitados, con carácter voluntario, y no profesionales del Gobierno de Aragón y ha apuntado que el decreto ley impulsa además la investigación y desarrollo de estudios sobre las causas de la superpoblación de conejos.

Justificación de las medidas

El plan de medidas que presenten los cotos deben incluir obligatoriamente dos aspectos: la justificación de las medidas adoptadas para incrementar la presión de caza.

Se incluye la invitación gratuita al número de cazadores que no sean socios o cazadores del mismo, y la caza efectiva del conejo al menos 20 días de cada mes.

Se utilizarán para ello todas las modalidades de caza permitidas para esta especie por el Plan General de Caza vigente y por el presente decreto-ley.

La Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria evaluará, con una periodicidad máxima de tres meses, la efectividad del plan de medidas adoptado por el coto tomando en consideración los conejos cazados y la reducción efectiva de daños agrícolas.

Por su parte, la Federación Aragonesa de Caza mantendrá un registro actualizado de cazadores habilitados por el Gobierno de Aragón para el control poblacional del conejo.

Cazar sin licencia

Además, los titulares de infraestructuras deberán comprometer ante el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente el desarrollo de un plan de acción que contribuya al control de la población de conejos.

Olona ha resaltado como novedades de este decreto-ley la eficacia y la seguridad, que se permite la caza del conejo en madriguera a la espera. Se obliga a la utilización de focos de luz artificial en la caza nocturna del conejo y que autoriza la captura de conejos sin arma durante todo el año sin licencia de caza.

Además, se autoriza al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente para que pueda apoyar económicamente a las entidades colaboradoras en materia de caza que participen en el logro de los objetivos de control poblacional perseguidos por este decreto-ley.

Fuente: Heraldo de Aragón

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