Legislación

Épocas hábiles de caza de la Comunidad Autónoma de Canarias

 

La Comunidad Autónoma de Canarias ha publicado ya la Orden de 2 de julio de 2013, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2013, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio.

Períodos hábiles de la caza menor en El Hierro

A) Especies autorizadas:

Las especies cinegéticas autorizadas son el conejo, la perdiz moruna, la codorniz común, la paloma bravía y los animales asilvestrados.

B) Períodos y días hábiles por modalidad:

* Conejo con perro y hurón: del 4 de agosto al 24 de noviembre.

* Perdiz moruna y paloma bravía con perro y escopeta: del 8 de septiembre al 27 de octubre.

* Codorniz común con perro y escopeta: los domingos comprendidos entre el 8 de septiembre y el 6 de octubre.

* Se prohíbe la caza del conejo con escopeta.

Los días hábiles para la práctica de la caza, en las mencionadas modalidades, serán los jueves y domingos, comprendidos dentro de los períodos establecidos para cada tipo de pieza y modalidad de caza, con la excepción de la codorniz común, que solo podrá cazarse los domingos entre el 8 de septiembre y el 6 de octubre.

Períodos hábiles de la caza menor en Fuerteventura

A) Especies autorizadas:

La perdiz moruna, el conejo, la paloma bravía, la ardilla moruna y demás animales asilvestrados.

B) Períodos y días hábiles por modalidad:

El conejo, la ardilla moruna y demás animales asilvestrados, con perro de pelo y hurón los domingos, desde el día 25 de agosto hasta el día 27 de octubre.

La perdiz moruna, la paloma bravía, la ardilla moruna y demás animales asilvestrados con perro de pluma y escopeta, los domingos desde el día 15 de septiembre hasta el 3 de noviembre, incluyendo el jueves 31 de octubre.

Los días hábiles para la práctica de la caza serán los domingos y el jueves 31 de octubre, comprendidos dentro de los períodos establecidos, para cada tipo de modalidad de caza.

Períodos hábiles de la caza menor en Gran Canaria

A) Especies autorizadas:

Las especies cinegéticas autorizadas son el conejo, la perdiz roja, la paloma bravía y los animales asilvestrados.

B) Períodos y días hábiles por modalidad:

* Conejo con perro de caza y hurón sin escopeta: del 4 de agosto al 27 de octubre.

* Conejo con perro de caza y hurón con escopeta: del 15 de septiembre al 29 de septiembre.

* Perro de caza sin escopeta: del 4 de agosto al 12 de septiembre.

* Perdiz roja y paloma bravía con perro de caza y escopeta: del 15 de septiembre al 27 de octubre.

* Paloma bravía al paso, solo con arma de fuego: del 15 de septiembre al 27 de octubre.

Los días hábiles de caza serán los jueves y domingos.

Se autorizan las modalidades de cetrería y caza con arco, desde el 14 de agosto hasta el 26 de octubre. Los días hábiles para estas modalidades serán los miércoles y sábados.

Períodos hábiles de la caza menor en La Gomera

A) Especies autorizadas:

Las especies autorizadas son el conejo, la perdiz moruna, la paloma bravía y los animales asilvestrados.

B) Períodos y días hábiles por modalidad:

* Conejo con perro y hurón: solo los domingos desde el 4 de agosto al 8 de septiembre, desde la salida del sol hasta las 15.00 horas.

* Todas las especies autorizadas con perro, hurón y escopeta: los domingos desde el 15 de septiembre al 27 de octubre, desde la salida del sol hasta las 15.00 horas. Los jueves 19 y 26 de septiembre y 3 y 10 de octubre, desde las 14.00 horas hasta la puesta del sol.

Períodos hábiles de la caza menor en Lanzarote

A) Especies autorizadas:

Las especies cinegéticas autorizadas son el conejo, la perdiz moruna y la paloma bravía. Se autoriza la caza de la codorniz común solamente en los campeonatos de caza en las condiciones establecidas en el artículo 4 de la presente orden. No se autoriza la caza de animales asilvestrados.

B) Períodos y días hábiles:

* El conejo con perro podenco y hurón: los jueves y domingos desde el 25 de agosto al 27 de octubre ambos inclusive.

* El conejo con perro podenco, hurón y escopeta: los domingos entre el 20 de octubre al 27 de octubre ambos inclusive.

* La perdiz moruna y la paloma bravía con escopeta y perro de muestra: los domingos entre el 15 de septiembre al 3 de noviembre ambos inclusive.

* El conejo y la paloma bravía con cetrería y perro (muestra/podenco): los viernes y domingos del 25 de agosto al 27 de octubre ambos inclusive.

En los vedados de caza de la isla, solo se podrá cazar el conejo los jueves con perro podenco y hurón.

No se consideran días hábiles de caza los festivos dentro del período de caza, con independencia de su carácter nacional, autonómico o local.

Períodos hábiles de la caza menor en La Palma

A) Especies autorizadas:

Las especies autorizadas son el conejo, la perdiz moruna, la paloma bravía, los animales asilvestrados y la codorniz común. Esta última especie se autoriza exclusivamente para competiciones federadas de caza en las condiciones establecidas en el artículo 4 de la presente orden.

B) Períodos y días hábiles:

* Conejo con perro, hurón y escopeta: entre el 4 de agosto y el 1 de diciembre.

* Paloma bravía con escopeta: desde el 4 de agosto al 1 de diciembre.

* Perdiz moruna con perro y escopeta: desde el 15 de septiembre al 24 de noviembre.

Los días de caza serán los jueves y domingos, y los festivos de ámbito nacional o autonómico comprendidos dentro de los períodos establecidos para cada tipo de pieza y modalidad de caza.

Se podrá cazar la perdiz moruna y la paloma bravía, en los campos de adiestramiento y zonas de entrenamiento, solo los jueves durante el período hábil de caza de la perdiz moruna y asistidos con un máximo de dos perros de muestra por cazador.

Períodos hábiles de la caza menor en Tenerife

A) Especies autorizadas: Las especies cinegéticas autorizadas son el conejo, la perdiz moruna, la paloma bravía y los animales asilvestrados.

B) Períodos y días hábiles por modalidad:

* Conejo con perro y hurón: desde el 4 de agosto hasta el 27 de octubre. No se autoriza la caza de conejo con escopeta.

* Perdiz moruna y paloma bravía, solo con perro de muestra desde el 4 de agosto hasta el 5 de septiembre; y con perro de muestra y escopeta: desde el 8 de septiembre hasta el 27 de octubre.

Los días hábiles para la práctica de la caza serán los jueves, domingos y festivos de ámbito nacional y autonómico comprendidos dentro de los períodos establecidos para cada tipo de pieza y modalidad de caza. No obstante, se excluye en este año el 12 de octubre.

La modalidad de caza con arco no está autorizada en la isla de Tenerife.

Caza mayor en La Palma y Tenerife

1. En la isla de Tenerife, la caza del muflón queda regulada mediante la Resolución de la Sra. Consejera Insular del Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas del Cabildo Insular de Tenerife de 26 de marzo de 2013, que establece el procedimiento de autorización para la práctica de la caza mayor de muflón en Tenerife. Convocatoria 2013. Sectores, etapas y jornadas, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 69, de 11 de abril de 2013.

2. En la isla de La Palma, la caza del arruí queda regulada mediante el Decreto de 22 de mayo de 2013, que establece las condiciones para el ejercicio de la caza mayor para el año 2013, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 106, de 5 de junio de 2013.

3. En ningún caso se establecerán limitaciones en el número, sexo o edad de las piezas, de acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.

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