Legislación

Legislación

Orden de Vedas de Ceuta 2012/2013

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

1.888.- El Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente, Servicios Comunitarios y Barriadas, por resolución de fecha 2 de agosto de 2012, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Los Servicios Técnicos dependientes de OBIMASA, empresa de titularidad pública y colaborada de la Consejería de Medio Ambiente, han procedido a la redacción de la Orden en la que se fi jan las épocas hábiles y las especies cinegéticas y, normas que regirán la práctica de la caza en el ámbito territorial de la Ciudad de Ceuta para la temporada 2.012-2.013.

Legislación

Orden de Vedas de Castilla y León 2012/13

CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

ORDEN FYM/464/2012, de 25 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza.

Visto el artículo 41 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, y el Decreto 65/2011, de 23 de noviembre por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre, oídos los Consejos Territoriales de Caza y el Consejo de Caza de Castilla y León y a propuesta de la Dirección General del Medio Natural, esta Consejería de Fomento y Medio Ambiente