
Fotografía: José Manzano
El TSJ de Madrid ha revocado la suspensión que había paralizado cautelarmente la actividad cinegética tras analizar las alegaciones e informes técnicos aportados
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado levantar la medida cautelar que suspendía la caza de nueve especies de aves en la Comunidad de Madrid durante la temporada cinegética 2026-2027, tras estudiar las alegaciones e informes técnicos aportados.
La suspensión había sido acordada a raíz del recurso presentado por SEO/BirdLife contra determinados artículos de la Orden 2511/2026, de 25 de junio, que regula las limitaciones y los periodos hábiles de caza en la Comunidad de Madrid.
La medida afectaba a nueve especies: becada, codorniz común, paloma zurita, zorzal alirrojo, zorzal real, corneja negra, paloma bravía, perdiz roja y urraca.
Ante esta situación, Fundación Artemisan, la Comunidad de Madrid, la Real Federación Española de Caza y la Federación Madrileña de Caza se personaron formulando oposición al mantenimiento de la suspensión y solicitando su levantamiento.
Para ello, se puso a disposición de la Sala dos informes científico-técnicos y un análisis sobre las posibles repercusiones económicas, sociales y ambientales de la paralización de la actividad cinegética.
La importancia de los informes científicos
Uno de los principales elementos ha sido la aportación del informe Estado de conservación de nueve especies de aves cinegéticas en la Comunidad de Madrid, elaborado en octubre de 2026, junto con una valoración científico-técnica de los argumentos empleados para solicitar la suspensión cautelar.
Esta documentación aportó información regional actualizada sobre las especies afectadas y cuestionó que existiera una justificación científica suficiente para concluir que el aprovechamiento cinegético durante la temporada 2026-2027 pudiera comprometer la conservación o la viabilidad de sus poblaciones.
A esto se ha sumado también un informe sobre el impacto económico, social y ambiental potencial de la suspensión de la caza, poniendo de manifiesto que sus consecuencias podrían extenderse mucho más allá de la actividad de los cazadores.
El Tribunal acuerda levantar la suspensión cautelar
Así, en su auto, el TSJ de Madrid concluye que no queda suficientemente acreditado el perjuicio irreversible para la conservación y viabilidad de las poblaciones de las nueve especies que justificaría mantener la medida cautelar.
La resolución también recuerda la necesidad de ponderar los intereses generales y los de terceros, entre ellos los intereses económicos del sector cinegético, la actividad agraria y las cuestiones relacionadas con la seguridad aérea y sanitaria.
El proceso judicial continúa
Con este auto, los aficionados a la caza podrán volver a practicarla sobre las nueve especies afectadas desde este fin de semana, dentro de los periodos hábiles y las condiciones recogidos en la Orden de Vedas de la temporada 2026-2027 de la Comunidad de Madrid.
Por último, hay que recordar que el levantamiento de la medida cautelar no supone la finalización del procedimiento judicial, que continuará hasta que se resuelva el recurso interpuesto contra la orden de vedas de la Comunidad de Madrid.
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