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Períodos hábiles para la caza del corzo 2024-2025 (Actualizado)

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Períodos hábiles para la caza del corzo 2024-2025.

Aunque en Andalucía se pueden cazar los corzos desde el 1 de marzo, la mayoría de las comunidades permiten su caza el 1 de abril.

Por lo peculiar de las fechas de caza del corzo, muchos de sus periodos hábiles de caza para su caza los marca la orden correspondiente a la temporada anterior, en este caso vendrán marcados en la orden de vedas de la 2023-2024.

Hay ocasiones en que no se especifica en la orden el año de caza, en estas, de igual manera, prevalecerá los períodos hábiles marcados en la orden de la temporada anterior.

Abril ha comenzado lluvioso para la caza del corzo.

Hay comunidades que ya han publicado su orden de vedas de caza para la temporada 2024-2025.

Ya han publicado la orden de vedas 2024-2025: Cantabria, Cataluña, Extremadura y Principado de Asturias.

En Castilla y León la LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, marca los períodos hábiles para la caza en general.

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ANDALUCÍA

La orden por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en Andalucía para la temporada 2023-2024, estable como períodos para la caza del corzo:

–Del 10 de julio al 15 de agosto. Todos los días.

–Del 1 de marzo al 15 de abril. Todos los días.

Las batidas podrán realizarse en los cotos que las tengan aprobadas en sus planes técnicos de caza únicamente del 1 de marzo al 31 de marzo.

Aquellos cotos que han cumplido con los cupos previstos de la temporada anterior en el plan técnico de caza para las especies de caza mayor, ciervo, gamo o muflón, y establezcan y mantengan medidas efectivas para el control del cerdo asilvestrado, podrán solicitar la ampliación del rececho hasta el 31 de mayo.

Asimismo, se podrá realizar la caza a rececho de hembras para el control de poblaciones desde el 15 de noviembre hasta el 15 de enero, ambos inclusive.

Consulte aquí la Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2023/2024.
Fotografía @ César E. Dotu

ARAGÓN

En el proyecto de Orden del Plan General de Caza 2024-2025 que está sometido a información pública, en el artículo 6. 1 f) se modifica el periodo hábil de la caza del corzo:

–Machos: 1 de abril a 15 de noviembre.

–Hembras fuera de municipios del Anexo V: 15 de agosto a último día de febrero.

–Hembras en municipios del Anexo V: 15 de agosto a 30 de marzo.

–Se permite la caza del corzo hembra durante gran parte del año en municipios en los que esta especie provoca graves daños agrícolas en los frutales.

Consulte aquí la ORDEN AGM/748/2023, de 25 de mayo, por la que se aprueba el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2023-2024.
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Los corzos con rarezas, como este con tres rosetas, son de la predilección de muchos aficionados.

CANTABRIA

Según la orden que regula la caza en Cantabria (excepto en la RRC Saja) para la temporada 2024-2025, los períodos para la caza del corzo son:

a) Rececho de machos. Del 1 de abril al 31 de julio de 2024, ambos incluidos, y del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos.

b) Batidas y recechos de hembras. Del 15 de enero al 15 de febrero de 2025, ambos incluidos.

Consulte aquí la Orden DES/09/2024, de 18 de marzo, por la que se regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2024/2025 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja.

CASTILLA-LA MANCHA

La orden de vedas de la temporada 2023-2024, marca los siguientes períodos para la caza del corzo:

–Sólo machos. Desde el 1 al 30 de septiembre; y desde el 1 de abril de al 31 de julio. Modalidades: rececho, aguardo o espera en horario diurno.

Consulte aquí la Orden 113/2023, de 24 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2023-2024.

CASTILLA Y LEÓN

La LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, marca los períodos hábiles para la caza en general.

–Corzo: para ambos sexos: desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto, y desde el 1 de septiembre hasta el segundo domingo de octubre.

–Hembras de corzo: desde el 1 de enero hasta el cuarto domingo de febrero.

Consulte aquí la LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

CATALUÑA / CATALUNYA

Según la resolución que fija los períodos hábiles de caza para la temporada 2024-2025 en Cataluña, se marcan los siguientes períodos hábiles para la caza del corzo:

El periodo hábil es entre el primer domingo de abril de 2024 (día 8) y el tercer domingo de agosto de 2023 (día 18), exclusivamente para machos y con los métodos de aguardo o rececho.

–Entre el primer domingo de septiembre de 2024 (día 1) y el último domingo de noviembre de 2024 (día 24), ambos sexos y con cualquier método.

–Entre el primer domingo de enero de 2025 (día 5) y el último domingo de marzo de 2025 (día 30), exclusivamente para hembras y con cualquier método.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN ACC/929/2023, de 17 de marzo, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2023-2024 en todo el territorio de Cataluña.

COMUNIDAD DE MADRID

Según la orden que regula los periodos hábiles de caza en la Comunidad de Madrid para la temporada 2023-2024 se fijan como periodos hábiles para la caza del corzo:

–Desde el día 1 de abril hasta el día 31 de julio para machos de corzo.

–Del 1 de septiembre al 15 de octubre, ambos incluidos, para machos y hembras de corzo.

–Desde el 1 de enero hasta el 31 de enero sólo para hembras de corzo.

Consulte aquí la ORDEN 1868 /2023, de 9 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2023-2024.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 

Según se indica en la orden foral que regula los períodos hábiles de caza en la Comunidad Foral de Navarra de la temporada 2023-2024, se establecía los siguientes períodos para la caza del corzo:

–Desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2024 se podrá cazar a rececho, todos los días, los ejemplares machos asignados en el cupo del Plan de Ordenación Cinegética para esta modalidad, así como los corzos machos no abatidos en las modalidades autorizadas hasta el 29 de febrero.

–También podrán abatirse, en este periodo, machos, hembras y crías únicamente en aquellos acotados que, por riesgo de daños, tengan asignados brazaletes neutros en los que no se especifica su sexo ni la edad del ejemplar.

Consulte aquí la ORDEN FORAL 186E/2023, de 14 de julio, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la disposición general de vedas de caza para la temporada 2023-2024.

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COMUNIDAD VALENCIANA / COMUNITAT VALENCIANA

Los períodos hábiles de caza en los cotos de la Comunidad Valenciana se regulan por las directrices de ordenación cinegética de la Comunidad Valenciana; los planes técnicos de ordenación cinegética; y las memorias y planes anuales de gestión.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental, de desarrollo para la temporada 2023-2024 de la Orden 13/2022, de 5 de agosto, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, de veda por la que se fijan los períodos hábiles y normas de caza en las zonas comunes y se establecen otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza controlada en la Comunitat Valenciana.

EXTREMADURA

La resolución que establece los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2023-2024, fija los siguientes periodos hábiles para el corzo:

–En abierto: desde 1 de abril de 2024 al 31 de julio de 2024.

–En cerrado: desde 1 de abril de 2024 al 30 de septiembre de 2024.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024-2025.

GALICIA

En la resolución que determina los períodos hábiles de caza en Galicia 2023-2024, se marcaba el  siguiente período para la caza del corzo:

Terrenos bajo régimen cinegético especial

–Se podrán cazar mediante la modalidad de rececho, desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2024, en cualquier día de la semana.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2023/24.
Fotografía @ César E. Dotu

LA RIOJA

En la orden de vedas de La Rioja 2023-2024 se marcan los siguientes periodos de caza del corzo a rececho para la 2024-2025:

–El rececho de corzo macho en la campaña 2024-2025 podrá ser autorizado, todos los días, en el periodo comprendido entre el viernes 5 de abril hasta el miércoles 14 de agosto del 2024, ambos inclusive.

–La caza en rececho de corzo hembra, en la campaña 2024-2025 podrá ser autorizada, todos los días, en el periodo comprendido entre el viernes 15 de marzo y el martes 30 de abril de 2024, ambos inclusive; entre el lunes 2 de septiembre y el viernes 27 de septiembre de 2024, ambos inclusive; y desde el miércoles 1 de enero al viernes 14 de marzo de 2025, ambos inclusive.

Consulte aquí la Orden STE/41/2023, de 28 de junio, por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2023-2024.

PAÍS VASCO / EUSKADI

Álava / Araba

La orden foral que regula las condiciones generales de caza en Álava para la temporada 2023-2024, fija los siguientes períodos hábiles para el corzo en 2024:

a. Recechos primaverales de machos: meses de abril, mayo y junio de 2024.

Días hábiles:

a) Los días hábiles para la caza en batida serán los jueves, sábados, domingos y festivos.

b) Los días hábiles de caza del corzo en rececho serán, salvo que el plan de seguimiento cinegético determine otra cosa, todos los días de la semana.

Consulte aquí la Orden Foral 33/2023 de 28 de julio. Establecer la normativa específica que regula el ejercicio de la caza en el Territorio Histórico de Álava durante la temporada 2023-2024.

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Guipúzcoa / Gipuzkoa

La orden foral que fija los períodos hábiles y las condiciones de caza en Guipúzcoa para la temporada 2023-2024, marca en general para la caza mayor:

a) Especies autorizadas: jabalí (Sus scrofa) y corzo (Capreolus capreolus).

b) Período hábil. El comprendido entre el 2 de septiembre de 2023 y el 24 de marzo de 2024 y desde el 11 al 28 de abril, siendo los días hábiles los jueves, sábados, domingos y festivos.

Consulte aquí la Orden Foral 0040/2023, de 26 de julio de 2023, por la que se fijan los periodos hábiles y condiciones generales de caza en el Territorio Histórico de Gipuzkoa para la campaña 2023/2024.

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Vizcaya / Bizkaia

La orden foral regula la práctica de la caza en Vizcaya para la temporada 2023-2024, específica para el corzo:

–El periodo hábil para la caza de corzo macho a rececho estará comprendido entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2024. Durante este periodo serán hábiles todos los días de la semana.

Consulte aquí la ORDEN FORAL 3583/2023, de 26 de junio, de la diputada foral de Sostenibilidad y Medio Natural, por la que se regula la práctica de la caza en el Territorio Histórico de Bizkaia durante la temporada cinegética 2023/2024.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Según se establece en la resolución por la que se aprueba la Disposición General de Vedas del Principado de Asturias 2024-2025, se fijaban los siguientes períodos para la caza del corzo macho:

–Corzo macho a rececho: desde el 1 de abril de 2024 hasta el 30 de junio de 2024; y desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024. Todos los días serán hábiles.

–Corzo macho en batida: desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos.

Consulte aquí la Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, de rectificación de errores de la Resolución de 18 de marzo de 2024, por la que se aprueba la Disposición General de Vedas para la temporada 2024-2025 en el territorio del Principado de Asturias.
Fotografía @ César E. Dotu

REGIÓN DE MURCIA

La orden que fija los períodos hábiles de caza para la temporada 2023-2024 marca las siguientes normas para la caza del corzo:

–Muflón, gamo, corzo, arruí, jabalí y zorro mediante rececho, desde el 1 de mayo hasta el segundo domingo de febrero, ambos inclusive.

Consulte aquí la Orden de 17 de mayo de 2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, sobre periodos hábiles de caza para la temporada 2023/2024 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Fotografías: Adolfo Sanz Rueda, excepto las que se indican de César E. Dotu

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