La Comunidad Valenciana ya ha publicado en su Diario Oficial la Resolución que desarrolla marcando las condiciones específicas la Orden 1/2019 para la temporada 2019-20120, los periodos hábiles y normas de caza y se establecen otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza controlada en la Comunidad Valenciana.
Entre las principales novedades, destaca el establecimiento de una moratoria de un año en el que estará prohibida la caza de la tórtola europea, y que no se podrá cazar en media veda en las zonas comunes de caza.
Además, como modificaciones más importantes de la Ley de Caza que entraron en vigor el 1 de enero de 2019, se señala la eliminación de la prohibición de caza en cebaderos para las migratorias como la torcaz, pudiéndose por tanto cazar en un cebadero siempre y cuando el disparo se produzca en vuelo, sin tener que dejar distancia alguna; y la eliminación de la distancia obligatoria de 50 metros al cebadero en las esperas de jabalí, pudiéndose así abatir un ejemplar a cualquier distancia, aumentando por tanto la seguridad en el lance.
ZONAS COMUNES DE CAZA
1. Conejo con perros y sin armas: desde el tercer domingo de julio (día 21) al 25 de diciembre de 2019. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales. Máximo 8 perros por cazador y 15 por grupo.
Queda prohibido el empleo de galgos desde el 15 de julio hasta el 11 de octubre de 2019, así como el empleo de perros de presa en todo el periodo.
2. Cetrería: desde el 12 de octubre de 2019 hasta el primer domingo de febrero (día 2) de 2020. Se permite para todas las especies cinegéticas de caza menor. Entrenamiento de aves de cetrería: todo el año, con señuelo artificial. Desde el 1 de julio de 2019 hasta el 28 de febrero de 2020 con piezas de escape, debidamente marcadas.
3. Caza menor en puesto fijo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2019. S, D y F. Para zorzales, máximo 25 ejemplares/cazador/día.
4. Caza menor al salto o en mano: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2019. S, D y F. Cupo entre perdiz y liebre de una pieza por cazador y día y un máximo de 2 perros por cazador.
5. Media veda: no autorizada.
6. Caza del jabalí (gancho, batida, al salto o en mano y rececho): del 1 de septiembre al 29 de febrero de 2020.
7. Espera o aguardo del jabalí: todo el año.
8. Caza con arco: en cualquier modalidad contemplada en la que esté previsto el uso de arma de fuego, el arco podrá emplearse en la caza de forma equivalente a las armas de fuego.
COTOS DE CAZA Y ZONAS DE CAZA CONTROLADA
1. Media veda:
a) En puesto fijo: paloma torcaz, bravía y zurita, estornino pinto, urraca y zorro, del segundo domingo de agosto (día 11) al segundo domingo de septiembre (día 8) de 2019.
Tórtola europea, se establece una moratoria de un año, en la que la caza está prohibida.
b) Codorniz al salto o en mano (siempre que esté contemplada en el plan técnico), del 11 de agosto al 8 de septiembre de 2019.
2. Prórroga de la caza de zorzales y estorninos en puesto fijo: del cierre de la caza menor en temporada hasta el segundo domingo (día 9) de febrero de 2020. Cupo máximo de 25 zorzales por cazador y día.
3. Aves acuáticas, del 12 de octubre de 2019 al segundo domingo (día 9) de febrero de 2020. El periodo será inferior si así está dispuesto en las resoluciones aprobatorias de los Planes Técnicos de Ordenación Cinegética.
En el Parque Natural de la Albufera la finalización del periodo será establecido por el plan técnico de cada acotado, dentro de lo establecido en las normas del Parque.
4. Becada al salto, del segundo domingo de noviembre (día 10) al primer domingo (día 2) de febrero de 2020.
5. Caza de la perdiz con reclamo: los establecidos en el Plan Técnico de Ordenación Cinegética del coto, con fecha límite para el cierre de la caza de dicha modalidad el 29 febrero de 2020.
Enlaces:
-Resolución de desarrollo de la orden de vedas 2019/2020.
-Orden 1/2019, de 11 de julio de la Consellería de Agricultura.
–Resumen de la FCCV.