La Federación Extremeña de Caza se ha reunido con José Manuel Benítez Medina, director general de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura.
En dicha reunión se ha justificado la necesidad de realizar cambios en las fechas de vacunación de la rabia e implantación de microchip en perros.
La Federación Extremeña de Caza ha presentado un informe redactado por su servicio veterinario, que cuestiona las medidas que el El Decreto 207/2014, de 2 de septiembre, impone para la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre la vigilancia y control de la rabia.
El Decreto 207/2014, de 2 de septiembre, sobre vigilancia y control de la rabia en la Comunidad Autónoma de Extremadura establece la obligatoriedad de la vacuna antirrábica para perros y que “la vacunación se realizará con vacunas inactivadas autorizadas y registradas por la AEMPS en cuanto los animales alcancen los 3 meses de edad. Se seguirá el protocolo de vacunación exigido por el fabricante de la vacuna para la primovacunación y posteriormente se efectuarán revacunaciones anuales.”
Cambios solicitados por la Federación Extremeña de Caza
Ante este requisito, la Federación Extremeña de Caza ha pedido los siguientes cambios:
- Solicita mantener la primera vacunación a los 3 meses de edad, añadiendo la posibilidad de esperar como máximo a los 6 meses de edad.
- Para la revacunación se pide que se lleve a cabo según establezca la especificación técnica de la autorización de comercialización de la vacuna utilizada, garantizando inmunidad efectiva durante el período comprendido entre dos aplicaciones vacunales. Este periodo es de 3 años en la mayoría de vacunas que existen en el mercado.
Si una vacuna antirrábica tiene 3 años de durabilidad según la empresa de fabricación, ¿qué necesidad existe de vacunar anualmente a los perros?
El motivo de esta petición es clara, si una vacuna antirrábica tiene 3 años de durabilidad según la empresa de fabricación, ¿qué necesidad existe de vacunar anualmente a los perros? Este cambio conlleva eximir de una sobre vacunación a los animales y por supuesto, un ahorro económico para los dueños.
Por otro lado, El Decreto 245/2009, de 27 de noviembre, regula la identificación, registro y pasaporte de determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Actualmente dicta: “La identificación preceptiva individual electrónica de perros, deberá realizarse dentro del plazo máximo de tres meses, desde la fecha de su nacimiento o un mes desde su adquisición.”
Cambios propuestos por la Federación Extremeña de Caza
La Federación Extremeña de Caza propone los siguientes cambios:
- Ampliar el plazo de identificación, registro y pasaporte, que actualmente esta establecido en 3 meses, a los 6 meses de edad desde la fecha de su nacimiento o un mes desde su adquisición.
Desde la Federación Extremeña de Caza se espera que primen criterios estrictamente sanitarios fundamentados por los expertos, a su vez, apoyados por los colegios de veterinarios, y dejen a un lado los intereses económicos.
De esta manera evitaremos gastos innecesarios y una vacunación y marcaje precoz en los perros.
Esperamos una respuesta positiva de la Junta de Extremadura, a estas peticiones, que benefician a toda la población extremeña.