El pasado 1 de abril se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias la resolución «por la que se aprueba la Disposición General de Vedas para la temporada 2024-2025 en el Principado de Asturias».
Si quiere consultar o descargarse la resolución lo puede hacer en el siguiente enlace:
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, de rectificación de errores de la Resolución de 18 de marzo de 2024, por la que se aprueba la Disposición General de Vedas para la temporada 2024-2025 en el territorio del Principado de Asturias.
Caza permitida en abril
En el Principado de Asturias se podrá cazar en abril el rebeco macho a rececho del 1 de abril de 2024 al 28 de febrero de 2025.
El corzo macho a rececho se podrá cazar a rececho del 1 de abril de 2014 al 30 de junio de 2024.
De igual manera se podrá cazar el jabalí a rececho del 1 de abril de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Son hábiles todos los días en ambos períodos.
Resto de especies y modalidades
CAZA MAYOR
Rebeco
⇒ Rebeco macho a rececho: desde el 1 de abril de 2024 al 28 de febrero de 2025.
→ Rebeco hembra a rececho: desde el 1 de agosto de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Corzo de vedas
⇒ Corzo macho a rececho: desde el 1 de abril de 2024 al 30 de junio de 2024 y dede el 1 de septiembre al 31 octubre de 2024.
→ Corzo macho en batida: desde el 1 de septiembre al 31 octubre de 2024.
Ciervo
Venado a rececho: desde el 1 de septiembre de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Cierva a rececho: desde el 1 de mayo de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Venado y cierva en batida: desde el 1 de septiembre de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Gamo
Machos y hembras a rececho y en batida: desde el 5 de octubre de 2024 al 2 de marzo de 2025.
Jabalí de vedas
Rececho: desde el 1 de abril de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Batida: desde el 10 de agosto de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Días hábiles
⇒ Días hábiles rececho: todos.
→ Días hábiles batida: jueves, sábado, domingo y festivos (de carácter nacional, regional o local).
CAZA MENOR
Caza menor en general: desde el 20 de octubre de 2024 al 9 de febrero de 2025.
Zorro en mano y al salto: desde el 20 de octubre de 2024 al 28 de febrero de 2025.
Media veda: desde el primer día hábil a partir del 21 de agosto (22 de agosto) al 8 de septiembre de 2024, exclusivamente en aquellos cotos que la soliciten. La paloma bravía a partir del 1 de septiembre.
Días hábiles de vedas
Jueves, domingos y festivos (de carácter nacional, regional o local).
Fotografías: Rafael González Muñiz, excepto las que se indican