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La Junta de Extremadura también autoriza el control de daños de jabalí y conejo durante el estado de alarma

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Imagen viñedo afectado en Badajoz. Foto Fedexcaza.

La Junta de Extremadura autoriza acciones de control de daños de jabalí y conejo durante el estado de alarma con la publicación de la Resolución por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de autorizaciones administrativas por daños y control de predadores mientras se mantenga la declaración del  estado de alarma por el COVID-19.

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado hoy la Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de autorizaciones administrativas por daños y control de predadores mientras se mantenga la declaración del  estado de alarma por el COVID-19.

Las autorizaciones sólo afectarán a jabalí y conejo y se emitirán previa comprobación fehaciente de los daños efectuada por los Agentes del Medio Natural.

La Resolución de la Junta de Extremadura también prorroga las autorizaciones para el control de predadores mediante métodos homologados que estuvieran vigentes en el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y durante la vigencia de este, lo que permitirá que los controladores profesionales puedan mantener su actividad, imprescindible para la correcta gestión de los cotos.

Esta Resolución se ha aprobado después de que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación emitiera una nota recomendando a las Comunidades Autónomas autorizar el control poblacional de especies como el jabalí durante el estado de alarma con el fin de prevenir su incidencia en la transmisión de enfermedades, como la PPA o la tuberculosis.

Puntualizaciones a la resolución

En esta línea, FEDEXCAZA solicitó a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura la autorización urgente de las acciones por daños y de las actividades ejercidas por los especialistas en control de predadores, así como ir adelantando todo el trabajo que fuera posible, a fin de que la actividad cinegética se pueda retomar sin demoras en cuanto la situación sanitaria y legal lo permita.

Según FEDEXCAZA, hay que precisar que «mediante esta Resolución, sólo se autorizarán acciones por daños de jabalí y conejo, no de otras especies, y previa comprobación fehaciente de los daños efectuada por los Agentes del Medio Natural”.

Por tanto, quedan fuera las acciones preventivas a través de las cuales se venía realizando el control poblacional del jabalí en la mayor parte del territorio.

Además, la normativa autonómica no permite solicitar acciones por daños en los cotos donde existe planificación de caza mayor, lo que supone un inconveniente, ya que estos cotos no disponen de precintos para gestionar las poblaciones debido al estado de alarma.

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación de la Resolución, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.

No obstante, al no autorizarse las acciones con carácter preventivo, el alcance real del control poblacional será muy reducido, limitándose a aquellos casos puntuales de extrema gravedad, lo cual es coherente con la actual situación sanitaria.

FEDEXCAZA valora positivamente la medida, aunque considera que podría ser necesario ir más allá autorizando las acciones preventivas por daños en una segunda fase, tan pronto como la evolución de la pandemia lo vaya permitiendo.

Por último, la Federación Extremeña en la necesidad de que durante el desarrollo de estas acciones los cazadores cumplan rigurosamente las recomendaciones de protección frente al COVID-19, además de las habituales correspondientes a sanidad animal y eliminación de subproductos.

 

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