La Federación Madrileña de Caza ha elaborado esta batería de respuestas a las preguntas más frecuentes de los cazadores residentes en la Comunidad de Madrid durante estos días de estado de alarma.
¿Se puede cazar o no?
Sí, se puede cazar.
¿La caza es una actividad esencial?
No, tan solo lo es en ciertas zonas de Asturias.
¿Están luchando las Federaciones para que lo sea?
Sí.
El cierre perimetral de Madrid, ¿qué días hay que cumplirlo?
Desde las 24.00 horas del 30 de octubre hasta las 24.00 horas del 2 de noviembre y desde las 24.00 horas del 6 de noviembre a las 24.00 horas del 9 de noviembre.
Durante esos días, en Madrid hay zonas con restricción de movilidad y otras no, ¿qué está permitido y qué no?
Todos los que vivan en zona sin restricciones pueden moverse por toda la Comunidad de Madrid, los que residan en zonas con restricciones no pueden salir de sus zonas.
¿Y cuando pase el período de los puentes? batería
Los que vivan en zonas sin restricciones podrán salir de la Comunidad de Madrid y podrán entrar en las Comunidades donde no haya cierre perimetral.
El resto, los que residen en zonas con restricciones seguirán “confinados” en sus zonas.
Como hay modificaciones a este respecto casi a diario, ¿puedo consultar en la Federación Madrileña de Caza mis dudas?
Por supuesto que sí.
¿Qué ocurre con las esperas nocturnas de jabalíes?
Están permitidas, pero no se puede practicar desde las 24.00 hasta las 6.00 horas por el toque de queda en vigor.
Y las autorizaciones excepcionales por daños, ¿esas sí que permiten salir de zonas restringidas o de las Comunidades, verdad?
No, como no es actividad esencial no, además este Estado de Alarma es diferente al anterior, ya que en éste no todos los cazadores se encuentran confinados por lo que el control poblacional se está realizando.
El organizador de una cacería de caza mayor en otra Comunidad, me ofrece un salvoconducto para ir a cazar allí, ¿me pueden multar? batería
Sí.
Yo tengo los perros (aves, etc.) en un lugar habilitado fuera de mi residencia y mi zona está restringida, ¿cómo puedo ir a atenderlos?
En la Federación Madrileña de Caza emiten salvoconductos para ello, ya que esa atención sí es considerada actividad esencial.
Yo salgo de mi domicilio que no se encuentra restringido, ¿puedo ir al coto si está en un municipio con restricciones?
Lo único que tienes que comprobar que el coto no se ubique en una de esas zonas con restricciones.
En la Administración, nos han pedido un plan de actuación frente al Covid-19 en la actividad cinegética, ¿hay algún modelo?
Sí, la Federación Madrileña de Caza tiene un modelo disponible, redactado a partir del protocolo publicado para el desarrollo de la actividad cinegética en la Comunidad de Madrid.
¿Existe un modelo de certificado de procedencia de la carne de una cacería o trofeos de caza, para justificar su presencia en los vehículos al regreso al domicilio?
Sí, en la Federación Madrileña de Caza lo tienen.
Para más consultas:
En el emial [email protected] o por el número de whatsapp 676 330 664