Caza Mayor Nacional Noticias

Períodos hábiles para la caza del corzo 2025-2026: aperturas de septiembre

del corzo y rececho
Períodos hábiles para la caza del corzo 2025-2026.
Obra de Jorge Manzanares @manzanares_jorge

Ya están publicadas todas las ordenes de vedas 2025-2026 de los territorios con presencia de corzos.

Hay que destacar que en septiembre comienza el segundo periodo de caza del corzo en varias comunidades, incluso el mismo día 1.

Los aperturas y cierres de distintos periodos durante septiembre serán los siguientes:

Comenzarán durante septiembre

Cantabria, machos a rececho: del 1 al 30 de septiembre.

Castilla-La Mancha, machos a rececho o aguardos: del 1 al 30 de septiembre.

Castilla y León, corzos (ambos sexos) a rececho: comienza el 1 de septiembre.

Comunidad de Madrid, machos a rececho: comienza el 1 de septiembre.

Álava – Araba, corzos machos a rececho (otoño): comienza el 1 de septiembre.

Principado de Asturias, corzo macho en batida y rececho: comienza el 1 de septiembre.

Guipúzcoa – Gipuzkoa, batida: comienza el 4 de septiembre.

La Rioja, corzo en batida y hembras a rececho: comienza el 7 de septiembre.

Vizcaya – Bizkaia, corzos hembras: comienza el 7 de septiembre.

Región de Murcia, en gancho y batida: comienza el 7 de septiembre.

Cataluña – Catalunya, corzos ambos sexos y con cualquier método: comienza el 7 de septiembre.

Se cerrará en septiembre

Extremadura, corzo en cerrado esperas, recechos ordinarios y rececho de gestión se puede cazar hasta el 30 de septiembre inclusive.

Para otros períodos y más detalles consultar a continuación.

ANDALUCÍA

La resolución por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en Andalucía para la temporada 2025-2026, estable como períodos para la caza del corzo:

–Del 10 de julio de 2025 al 15 de agosto de 2025. Todos los días.

–Del 1 de marzo de 2026 al 15 de abril de 2026. Todos los días.

–Las batidas podrán realizarse en los cotos que las tengan aprobadas en sus planes técnicos de caza únicamente del 1 de marzo al 31 de marzo de 2026.

–Aquellos cotos que han cumplido con los cupos previstos de la temporada anterior en el plan técnico de caza para las especies de caza mayor, ciervo, gamo y/o muflón, y establezcan y mantengan medidas efectivas para el control del cerdo asilvestrado, podrán solicitar la ampliación del rececho hasta el 31 de mayo de 2026. 

–Asimismo, se podrá realizar la caza a rececho de hembras para el control de poblaciones desde el 15 de noviembre de 2025 hasta el 15 de enero de 2026, ambos inclusive.

Consulte aquí la Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2025/2026.

ARAGÓN

En el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2025-2026 se marcan los siguientes periodos hábiles de la caza del corzo:

– 1. Machos y hembras en batidas de jabalí

→Tercer domingo de septiembre a cuarto domingo de febrero 

– 2. Rececho, al rastro y esperas

→2.1. Fuera de los municipios del anexo V:

•Machos: 1 de abril a 15 de noviembre.

•Hembras: 15 de agosto a último día de febrero.

→2.2. En los municipios del anexo V:

•Machos: 1 de marzo a 15 de noviembre.

•Hembras: todo el año.

Consulte aquí la ORDEN MAT/692/2025, de 13 de junio, por la que se aprueba el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2025-2026.

CANTABRIA

Según la orden que regula la caza en Cantabria (excepto en la RRC Saja) para la temporada 2025-2026, los períodos para la caza del corzo son:

a) Rececho de machos. Del 1 de abril al 31 de julio de 2025, ambos incluidos, y del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

b) Batidas y recechos de hembras. Del 15 de enero al 15 de febrero de 2026, ambos incluidos.

Consulte aquí la Orden DES/11/2025, de 17 de marzo, por la que se regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2025/2026 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja.
Obra de Jorge Manzanares @manzanares_jorge

CASTILLA-LA MANCHA

La orden de vedas de la temporada 2025-2026, señala los siguientes períodos para la caza del corzo:

–Sólo machos. Desde el 1 de septiembre al 30 de septiembre y 1 desde abril al 31 de julio. Modalidades: rececho, aguardo o espera en horario diurno.

–Sólo hembras. Desde el 1 de diciembre al 21 de febrero. Según POC aprobado.

–Control de sobreabundancia de corzo (en la orden se incluye un anexo IV en la que se relacionan los municipios de actuación prioritaria para el control de la sobreabundancia de ciervo, gamo, corzo y cabra montés):

a) Se permite el control de hembras de corzo durante el periodo del 8 de octubre al 1 de diciembre de 2025.

b) Se permite el control de hembras de corzo durante el desarrollo de las modalidades de gancho, montería o batida únicamente en las celebradas en los meses de enero y febrero.

c) Se deberán controlar los ejemplares juveniles de machos para equilibrar la proporción de sexos de la población, para lo que se entregará un precinto especial.

Se incrementan los cupos de los POC vigentes en un 30 % para machos juveniles y un 100 % para hembras.

Consulte aquí la Orden 74/2025, de 27 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2025-2026.

del corzo y rececho

CASTILLA Y LEÓN

La LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, marca los períodos hábiles para la caza en general.

–Corzo para ambos sexos: desde el 1 de abril de 2025 hasta el primer domingo de agosto (día 3) de 2025, y desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el segundo domingo de octubre (día 12) de 2025.

–Hembras de corzo: desde el 1 de enero de 2026 hasta el cuarto domingo de febrero (día 22) de 2026.

Consulte aquí la LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

CATALUÑA / CATALUNYA

En la resolución que fijaba los períodos hábiles de caza para la temporada 2024-2025 en Cataluña, se marcaba como períodos hábiles para la caza del corzo:

Entre el primer domingo de abril (día 6 en 2025) y el tercer domingo de agosto (día 17 en 2025), exclusivamente para machos y con los métodos de aguardo o rececho.

En la resolución que fija los períodos hábiles de caza para la temporada 2025-2026 en Cataluña, se marcan como períodos hábiles para la caza del corzo:

–Desde el primer domingo de septiembre de 2025 (día 7) y el último domingo de marzo de 2026 (día 29), ambos sexos y con cualquier método.

–Entre el primer domingo de abril de 2026 (día 5) y el tercer domingo de agosto de 2026 (día 16), exclusivamente para machos y con los métodos de aguardo o rececho.

Consulte aquí la Resolución ARP/3127/2025, de 7 de agosto, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2025-2026 en todo el territorio de Cataluña.

COMUNIDAD DE MADRID

Según la orden que regula los periodos hábiles de caza en la Comunidad de Madrid para la temporada 2025-2026 se fija como uno de los periodos hábiles para la caza del corzo:

–Desde el día 1 de abril hasta el día 31 de julio para machos de corzo.

–Del día 1 de septiembre al 15 de octubre, ambos incluidos, para machos y hembras de corzo.

–Desde el 1 de enero hasta el 31 de enero sólo para hembras de corzo.

Consulte aquí la ORDEN 2317/2025, de 11 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2025-2026.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 

Según se indica en la orden foral que regula los períodos hábiles de caza en la Comunidad Foral de Navarra de la temporada 2025-2026, se establecen los siguientes períodos para la caza del corzo:

1. Se autoriza la caza del corzo en batida y montería desde el 15 de agosto de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

En este mismo periodo se autoriza la caza en aguardos y recechos todos los días de la semana.

2. Desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2026 se podrá cazar a rececho, todos los días, los ejemplares machos asignados en el cupo del Plan de Ordenación Cinegética para esta modalidad, así como los corzos machos no abatidos en las modalidades autorizadas hasta el 28 de febrero.

También podrán abatirse, en este periodo, machos, hembras y crías únicamente en aquellos acotados que, por riesgo de daños, tengan asignados brazaletes neutros en los que no se especifica su sexo ni la edad del ejemplar.

Consulte aquí la ORDEN FORAL 189E/2025, de 26 de junio, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se aprueba la disposición general de vedas de caza para la temporada 2025-2026.

COMUNIDAD VALENCIANA / COMUNITAT VALENCIANA

Los períodos hábiles de caza en los cotos de la Comunidad Valenciana se regulan por las directrices de ordenación cinegética de la Comunidad Valenciana; los planes técnicos de ordenación cinegética; y las memorias y planes anuales de gestión.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2025, de la Dirección General de Medio Natural y Animal, de desarrollo para la temporada 2024-2025 de la Orden 13/2022, de 5 de agosto, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, de veda por la cual se fijan los periodos hábiles y las normas de caza en las zonas comunes y se establecen otras regulaciones en los cotos de caza y en las zonas de caza controlada en la Comunitat Valenciana.

EXTREMADURA

La resolución que establece los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2025-2026, fija los siguientes periodos hábiles para el corzo:

–En abierto esperas y recechos ordinarios: desde 1 de abril de 2025 al 31 de julio de 2025.

–En cerrado esperas y recechos ordinarios: desde 1 de abril de 2025 al 30 de septiembre de 2025.

–Cerrado rececho de gestión: desde 1 de abril de 2025 al 30 de septiembre de 2025.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2025-2026.

del corzo y rececho

GALICIA

En la resolución que determina los períodos hábiles de caza en Galicia 2025-2026, se marcan los siguientes períodos para la caza del corzo:

Terrenos de régimen cinegético común, con autorización del servicio provincial de Patrimonio Natural correspondiente

–Se permite la caza de machos adultos desde el 16 de agosto hasta el 18 de octubre de 2025, en las modalidades de batida, montería y rececho, los sábados, excepto los recechos que podrán ser todos los días.

Terrenos de régimen cinegético especial

–Machos adultos de corzo desde el 16 de agosto hasta el 18 de octubre de 2025, en las modalidades de batida y montería, los sábados, domingos y festivos, y cualquier día de la semana en el caso de los recechos.

–Se podrán cazar machos adultos mediante la modalidad de rececho, desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2026, en cualquier día de la semana.

–Cuando se solicite en el correspondiente plan anual de aprovechamiento cinegético, y se justifique, se permitirá la caza de las hembras adultas en descaste, mediante la modalidad de rececho (cualquier día de la semana) o en batida o montería (los sábados, domingos y festivos), en el período comprendido entre el 6 de septiembre y el 18 de octubre de 2025 o bien entre el 7 de enero y el 14 de febrero de 2026, a elección de la persona del titular.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada2025-2026.

del corzo y rececho

LA RIOJA

En la orden de vedas de La Rioja 2025-2026 se marcan los siguientes periodos de caza del corzo:

• Batida

–La caza de corzo en batida podrá autorizarse, desde el primer domingo de septiembre (7 de septiembre de 2025) hasta el tercer domingo de febrero (15 de febrero de 2026), ambos inclusive, los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal o autonómico.

• Rececho

-La caza en rececho de corzo macho en la campaña 2025-2026 podrá ser autorizada, todos los días, en el periodo comprendido entre el segundo viernes de abril (11 de abril de 2025) hasta el jueves 14 de agosto del 2025, ambos inclusive.

-La caza en rececho de corzo hembra, en la campaña 2025-2026 podrá ser autorizada, todos los días, en el periodo comprendido entre el sábado 15 de marzo y el miércoles 30 de abril de 2025, ambos inclusive; entre el primer domingo de septiembre (7 de septiembre de 2025) y el último viernes de septiembre (26 de septiembre de 2025), ambos inclusive; y desde el lunes 16 de febrero al sábado 14 de marzo de 2026, ambos inclusive.

–Rececho de corzo macho 2026-2027, todos los días: del 10 de abril de 2026 hasta el 14 de agosto de 2026, ambos inclusive.

–El rececho de corzo hembra, en la campaña 2026-2027 podrá ser autorizado, todos los días:

Entre el domingo 15 de marzo y el jueves 30 de abril de 2026, ambos inclusive.

Del 6 de septiembre de 2026) al 25 de septiembre de 2026, ambos inclusive.

Desde el lunes 15 de febrero al domingo 14 de marzo de 2027, ambos inclusive.

Consulte aquí la Orden AGM/36/2025, de 16 de junio, por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2025-2026.

del corzo y rececho

PAÍS VASCO / EUSKADI

Álava / Araba

La orden foral que regula las condiciones generales de caza en Álava para la temporada 2025-2026, fija los siguientes periodos para la caza del corzo:

a. Recechos primaverales de machos: meses de abril y mayo de 2026. 

b. Recechos otoñales de machos: meses de septiembre y octubre de 2025. 

c. Recechos otoñales de hembras: mes de octubre de 2025. 

d. Recechos invernales de hembras: meses de enero y febrero de 2026. 

e. Batidas otoñales de machos y hembras: mes de octubre de 2025. 

f. Batidas invernales de hembras: meses de enero y febrero de 2026.

–Los días hábiles de caza del corzo en rececho serán, salvo que el plan de seguimiento cinegético determine otra cosa, todos los días de la semana.

–Los días hábiles para la caza en batida serán los jueves, sábados, domingos y festivos. 

Consulte aquí la Orden Foral 204/2025, de 27 de junio. Establecer la normativa específica que regula el ejercicio de la caza en el Territorio Histórico de Álava durante la temporada 2025-2026.

Guipúzcoa / Gipuzkoa

La orden foral que fija los períodos hábiles y las condiciones de caza en Guipúzcoa para la temporada 2025-2026, marca en general para la caza mayor:

a) Especies autorizadas: jabalí (Sus scrofa) y corzo (Capreolus capreolus).

b) Período hábil: el comprendido entre el 4 de septiembre de 2025 y el 29 de marzo de 2026, siendo los días hábiles los jueves, sábados, domingos y festivos.

c) Normas para la práctica de la caza mayor en batida: consultar la orden foral.

d) La caza del jabalí y del corzo se practicará en las Zonas de Caza Controlada declaradas, con arreglo a lo indicado en el Plan Técnico de Ordenación Cinegética correspondiente.

Consulte aquí la Orden Foral 0463/2025 de 14 de julio de 2025, por la que se fijan los periodos hábiles y condiciones generales de caza en el Territorio Histórico de Gipuzkoa para la campaña 2025/2026.

Vizcaya / Bizkaia

La orden foral regula la práctica de la caza en Vizcaya para la temporada 2025-2026, marca para el corzo:

–La caza de corzos hembras se realizará desde el primer domingo de septiembre hasta el 11 de octubre y desde el 6 de diciembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026.

–El periodo hábil para la caza de corzo macho a rececho estará comprendido entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2026. Durante este periodo serán hábiles todos los días de la semana.

Consulte aquí la ORDEN FORAL 5158/2025, de 19 de junio, de la diputada foral de Medio Natural y Agricultura, por la que se regula la práctica de la caza en el Territorio Histórico de Bizkaia durante la temporada cinegética 2025/2026.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Según se establece en la resolución por la que se aprueba la Disposición General de Vedas del Principado de Asturias 2025-2026, se fijaban los siguientes períodos para la caza del corzo macho:

–Corzo macho a rececho: desde el 1 de abril de 2025 hasta el 30 de junio de 2025; y desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025. Todos los días serán hábiles.

–Corzo macho en batida: desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos.

Consulte aquí la Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la disposición general de vedas para la temporada 2025-2026 en el territorio del Principado de Asturias.

REGIÓN DE MURCIA

La orden que fija los períodos hábiles de caza para la temporada 2023-2024 (ésta se prórroga para la temporada 2025-2026, adaptándose las fechas) marca las siguientes normas para la caza del corzo:

Muflón, gamo, corzo, arruí, jabalí y zorro mediante rececho, desde el 1 de mayo hasta el segundo domingo de febrero (día 8), ambos inclusive.

–En las modalidades de gancho y batida se podrán abatir las siguientes especies: muflón, gamo, jabalí, corzo, arruí y zorro: todos los días, desde el primer domingo de septiembre (día 7) hasta el segundo domingo de febrero (día 8), ambos inclusive.

Consulte aquí la Orden de 17 de mayo de 2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, sobre periodos hábiles de caza para la temporada 2023/2024 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Consulte aquí el cuadro resumen de la orden de vedas prorrogada para 2025-2026.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.