
Les ofrecemos a continuación los períodos y días hábiles, especies cazables, cupos y otros datos de interés relativos a la media veda de 2026, correspondiente a la temporada cinegética 2026-2027.
Una media veda que, de nuevo, estará marcada por la posibilidad de cazar, tras el fin de la moratoria cinegética en 2025, la tórtola europea o común (Streptopelia turtur).
Su caza únicamente estará permitida en los cotos autorizados, con los cupos asignados en cada caso y con la obligación posterior de precintar los ejemplares abatidos.
Por ello, resulta conveniente consultar las órdenes o resoluciones que establecen los períodos hábiles de caza, así como aquellas disposiciones específicas relativas a la tórtola europea.
En las siguientes comunidades autónomas no se cazará la tórtola europea o común en 2026: Principado de Asturias, Cantabria, País Vasco, La Rioja y Canarias.
La tórtola común, junto a la codorniz común –cuyo cupo ha sido reducido en algunas comunidades o territorios– y la paloma torcaz, son, sin duda, las reinas de la media veda. No obstante, existen otras posibilidades de practicar la caza menor en verano.

Otras especies y modalidades estivales
También se indican otras especies y modalidades de caza menor cuyo período hábil comienza durante el verano.
Es el caso del conejo o el zorro, especies que en algunas autonomías se incluyen dentro de la media veda, mientras que en otras cuentan con un período hábil propio que puede comenzar durante el estío.
Asimismo, los córvidos cazables en cada comunidad autónoma pueden estar incluidos dentro de la media veda o tener autorizada su caza en cualquiera de las modalidades de caza menor.
Otras especies, como la paloma bravía o, en menor medida, el ánade real, también pueden cazarse en determinados territorios durante la media veda.
Para no hacer excesivamente extensa esta información, ofrecemos en un documento aparte la media veda y la caza estival en BALEARES y CANARIAS, territorios que presentan particularidades propias. De hecho, en Canarias no existe una media veda como tal.

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L: LUNES / M: MARTES / X: MIÉRCOLES / J: JUEVES / V: VIERNES / S: SÁBADO / D: DOMINGO / FES: FESTIVO
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ANDALUCÍA
MEDIA VEDA EN GENERAL
Períodos, días hábiles y especies
1.- Período general: del 22 de agosto al 27 de septiembre / Días hábiles: J, S, D y FES – Días hábiles en Almería: V, S, D y FES.
Especies: paloma torcaz, paloma bravía, codorniz, urraca, grajilla y corneja.
2.- Zona costera de Cádiz: del 22 de agosto al 27 de septiembre / Días hábiles: J, S, D y FES.
Especies: paloma torcaz y paloma bravía.
3.- Zona costera de Cádiz: del 6 al 20 de septiembre / Días hábiles: todos.
Especies: codorniz, urraca, grajilla y corneja..
TÓRTOLA EUROPEA EN MEDIA VEDA
Días hábiles
Las condiciones generales de la caza de la tórtola europea durante la media veda de 2026 en Andalucía se rige por la «Resolución de 26 de mayo de 2026…», y el listado de cotos donde se puede cazar y su cupo se establecen en la «Resolución de 17 de julio de 2026…».
1.- Período general: 22, 23, 29 y 30 de agosto, únicamente en los cotos que figuran en Anexo I de la Resolución de 17 de julio de 2026…, donde además de especifica el cupo.
2.- Zona costera de Cádiz: 5, 6, 12 y 13 de septiembre, únicamente en los cotos que figuran en Anexo I de la Resolución de 17 de julio de 2026…, donde además de especifica el cupo.
Para la observaciones en la caza de la tórtola europea consultar las resoluciones específicas.
Consulte aquí la Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se establecen las condiciones para el acceso a un cupo de capturas de la tórtola europea (Streptopelia turtur) conforme a las directrices del Plan de Gestión Adaptativa para la caza de esta especie en Andalucía durante la temporada cinegética 2026-2027.
Consulte aquí la Resolución de 17 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se adoptan las directrices del Plan de Gestión Adaptativa de la caza de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en Andalucía durante la temporada de caza 2026-2027.
CONEJO
Períodos y días hábiles
1.- Período general: del 9 de agosto al 29 de noviembre / Días hábiles: J, S, D y FES – Días hábiles en Almería: V, S, D y FES.
2.- A diente en mano: del 9 de agosto al 3 de enero / Días hábiles: todos – Días hábiles en Almería: V, S, D y FES.
Observaciones:
Se podrán utilizar perros a partir del 9 de agosto.
Se podrá ampliar hasta el 13 de diciembre, solo J, S, D y F, en terrenos donde existan daños habituales a la agricultura, siempre que se autorice expresamente en el plan técnico de caza. Del 1 al 29 de noviembre el cupo máximo será de 3 piezas por persona cazadora y día.
ZORRO
Período y días hábiles
1.- Perros de madriguera: del 9 de agosto al 14 de febrero.
Días hábiles: J, S, D y FES – Días hábiles en Almería: V, S, D y FES.
Observaciones:
Durante la práctica de la caza de cualquier especie cinegética, en las zonas, períodos y días hábiles establecidos en la presente orden para las mismas y con sujeción a los cupos de capturas y modalidades aprobadas en los correspondientes planes técnicos de caza, se podrá también cazar el zorro desde el inicio del periodo hábil de caza hasta el 28 de marzo.
CONSULTE AQUÍ LA Resolución de 1 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2026/2027.

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ARAGÓN
MEDIA VEDA EN GENERAL
Especies
Codorniz, paloma torcaz, paloma bravía y sus diferentes razas y variedades, urraca, ánade real (en los municipios del Anexo IV de la orden) y zorro.
Días y horarios hábiles
Se podrán establecer como días hábiles un máximo de 17 días dentro del periodo hábil, a especificar por el titular del coto.
El horario hábil para la caza es el comprendido entre una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta.
Períodos hábiles
1º. Codorniz: 15 de agosto a tercer domingo de septiembre. Cupo máximo: 20 ejemplares por cazador y día. Hay que comunicar las capturas de codornices tras la media veda.
2º. Paloma torcaz y urraca: desde el 21 de agosto a tercer domingo de septiembre.
3º. Ánade real en los municipios del Anexo IV: 15 de agosto a tercer domingo de septiembre.
4º. Paloma bravía y sus diferentes razas y variedades: 1 de septiembre a tercer domingo de septiembre.
5º. Zorro con arma: 15 de agosto a tercer domingo de septiembre.
TÓRTOLA COMÚN O EUROPEA EN MEDIA VEDA
Días hábiles y condiciones
6º. Tórtola común o europea: 22 de agosto y 5 de septiembre, únicamente en cotos autorizados y con los cupos asignados.
Para las condiciones para la caza de la tórtola común la Orden.
CONEJO
En los municipios del Anexo II de la Orden:
1º. Al salto, en mano o a la espera: 15 de agosto hasta el día 1 de abril.
2º. Se pueden permitir controles poblacionales durante todo el año (consultar Orden).
CONSULTE AQUÍ LA ORDEN MAT/897/2026, de 5 de junio, por la que se aprueba el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2026-2027.

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CANTABRIA
MEDIA VEDA
Periodo general
Del 21 de agosto al 10 de septiembre, ambos incluidos.
Especies
Codorniz, urraca, corneja negra y paloma torcaz.
Días hábiles
M, J, S, D y FES (nacionales o regionales).
Horario hábil
De 6:45 a 21:15 horas.
Cupo
El cupo máximo de ejemplares a abatir será de 15 piezas por cazador y día, consideradas todas las especies de aves cazables, con la excepción de la codorniz durante la media veda para la que se establece un máximo de 10 ejemplares por cazador y día.
Observaciones:
El número máximo de perros a emplear será de 3 por cazador.
La codorniz, la urraca y la corneja negra sólo podrán cazarse al salto.
CONSULTE AQUÍ LA Orden DES/07/2026, de 6 de marzo, por la que se regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2026/2027 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja.

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CASTILLA-LA MANCHA
CORDORNIZ EN MEDIA VEDA
Períodos
Período general: del 20 de agosto al 15 de septiembre.
Período en los municipios de las Comarcas Agrarias Serranía Alta de Cuenca y Alcarria Baja de Guadalajara incluidos en el Anexo III de la orden: del 27 de agosto al 10 de septiembre.
Días hábiles
J, S y D. No hábil el día de fin del periodo.
Cupo: 10 codornices/persona cazadora/día en Albacete, Ciudad Real y Toledo.
Cupo: 20 codornices/cazador/día en Cuenca y Guadalajara.
TÓRTOLA EUROPEA EN MEDIA VEDA
Días hábiles y condiciones
22 y 23 de agosto.
Sólo en aquellos cotos con autorizados en la «Resolución de 26/06/2026…», en la que además se fijan los cupos.
Consulte aquí la Resolución de 26/06/2026, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se publica la lista de cotos de caza autorizados, para la caza de la tórtola europea en la temporada 2026-2027 y se les asignan cupos de caza.
Para la observaciones en la caza de la tórtola europea consultar la Orden.
PALOMA TORCAZ, PALOMA BRAVÍA y URRACA EN MEDIA VEDA
Período
Del 20 de agosto al 21 de septiembre / Días hábiles: J, S y D.
Días hábiles
J, S y D. No hábil el día de fin del periodo.
Observaciones:
La paloma torcaz en los lugares de parada podrá cazarse desde puesto fijo con cimbeles naturales o artificiales, siempre que no vulneren la prohibición señalada por el apartado i) del artículo 26 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
CONSULTE AQUÍ LA Orden 83/2026, de 9 de junio, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2026-2027.

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CASTILLA Y LEÓN
MEDIA VEDA EN GENERAL
Períodos
1.º Desde el 15 de agosto hasta el 20 de septiembre se podrán cazar las siguientes especies: urraca, corneja, conejo y zorro.
2.º Desde el 25 de agosto hasta el 20 de septiembre se podrán cazar las siguientes especies: paloma torcaz y paloma bravía.
Días hábiles
M, J, S, D y FES (nacional y autonómico).
CODORNIZ EN MEDIA VEDA
Las condiciones para la caza de la codorniz se especifican en la «ORDEN AGR/2026/2026, de 29 de julio…».
Período
Entre el 15 de agosto y 20 de septiembre. No se permite su caza fuera de este período.
Días hábiles
M, J, S y D.
Cupo
Un máximo de 20 codornices por cazador y día.
Para observaciones en la caza de la codorniz consultar la ORDEN AGR/2026/2026, de 29 de julio.
TÓRTOLA EUROPEA EN MEDIA VEDA
Las condiciones para la caza de la tórtola europea así como los cotos autorizados figuran en la «ORDEN AGR/2026/2026, de 29 de julio…».
Período
Entre el 29 de agosto y 20 de septiembre, únicamente en los cotos autorizados que figuran en el anexo de la ORDEN AGR/2026/2026, de 29 de julio.
Días hábiles
S y D.
Cupo
Un máximo de 6 tórtolas europeas por cazador y día.
Para el cupo global de los cotos y observaciones en la caza de la tórtola europea consultar la ORDEN AGR/2026/2026, de 29 de julio.
Consulte aquí la ORDEN AGR/743/2026, de 29 de julio, por la que se establecen medidas de protección para las especies cinegéticas.
CONSULTE AQUÍ LA LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

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CATALUÑA / CATALUNYA
MEDIA VEDA EN GENERAL
Especies, períodos y días hábiles
1.- Período general: 23 y 30 de agosto y 6 y 13 de septiembre.
2.- Período en la demarcación de Lleida y comarcas de La Cerdanya y El Solsonès: del 20 de agosto al 10 de septiembre, ambos incluidos. Días hábiles: J, S, D y FES.
Especies cazables en los dos períodos anteriores: codorniz, paloma torcaz, urraca y estornino pinto.
3.- Período para la paloma bravía, incluidas las variedades domésticas e híbridas: 6 y 13 de septiembre.
4.- Período en la demarcación de Lleida y comarcas de La Cerdanya y El Solsonès para la paloma bravía, incluidas las variedades domésticas e híbridas: del 3 al 10 de septiembre, ambos incluidos. Días hábiles: J, S, D y FES.
Observaciones
La caza en el periodo de media veda sólo se puede practicar en los terrenos cinegéticos de régimen especial que lo tengan aprobado en su PTGC.
TÓRTOLA EUROASIÁTICA EN MEDIA VEDA
Días hábiles y condiciones
El 23 y 30 de agosto sólo en cotos autorizados.
Para saber los cotos autorizados y sus cupos, así como las observaciones para la caza de la tórtola euroasiática consultar la «Resolución ARP/1600/2026, de 18 de mayo…».
Consulte aquí la Resolución ARP/1600/2026, de 18 de mayo, por la que se aprueba el Plan de gestión adaptativa de la tórtola eurasiática (Streptopelia turtur) en Cataluña durante la temporada 2026-2027.
CONSULTE AQUÍ LA Resolución ARP/2305/2026, de 6 de julio, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2026-2027 en todo el territorio de Cataluña.

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COMUNIDAD DE MADRID
MEDIA VEDA EN GENERAL
Período
En los cotos privados de caza, con superficie igual o superior a 250 hectáreas: del 20 de agosto al 20 de septiembre, ambos incluidos.
Días hábiles
J, S, D y FES (nacionales y autonómicos)
Especies
Estornino pinto, urraca, grajilla, corneja, codorniz, paloma torcaz, paloma bravía y zorro.
Cupo
No podrá superarse el cupo total de 8 ejemplares de codorniz por cazador y día. No existe limitación de número de ejemplares para las demás especies.
CONEJO EN MEDIA VEDA
El conejo podrá capturarse con escopeta con o sin perro en todos los cotos incluidos en las comarcas 6, 7, 8, 9 y 10 independientemente de su superficie durante la media veda.
Del 20 de agosto al 20 de septiembre, ambos incluidos. Días hábiles: J, S, D y FES (nacionales y autonómicos).
TÓRTOLA EUROPEA EN MEDIA VEDA
La tórtola europea podrá cazarse el 22 y 23 de agosto y el 5 y 6 de septiembre, únicamente en aquellos cotos expresamente autorizados y con el cupo máximo otorgado a cada coto.
Para observaciones en la caza de la tórtola europea consultar la ORDEN 2511/2026, de 25 de junio..
CONSULTE AQUÍ LA ORDEN 2511/2026, de 25 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2026-2027.

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COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA / NAFARROAKO FORU KOMUNITATEA
CODORNIZ EN MEDIA VEDA
Períodos
1.º Zona sur: del 15 de agosto al 13 de septiembre, dentro de las áreas establecidas en los Planes de Ordenación Cinegética.
2.º Zona norte: del 15 de agosto al 13 de septiembre, en todos los terrenos acotados siempre fuera de zonas arboladas.
Días hábiles
J, S, D y FES (nacional, foral o local).
Cupo
Se establece un cupo máximo de 10 capturas de codorniz por cazador y día en ambas zonas.
TÓRTOLA COMÚN EN MEDIA VEDA
Período, días hábiles y zonas
Los domingos desde el 23 de agosto hasta el 13 de septiembre, sólo en cotos autorizados que figuren en el anexo III de la orden. Días hábiles: D.
a) En la Zona Sur en los mismos lugares que la codorniz, únicamente al salto y desde puestos a vuelo de paloma.
b) En la Zona Norte en todos los terrenos acotados fuera de las zonas arboladas, únicamente al salto.
Cupo
Se establece un cupo máximo de 2 capturas por cazador y día en los cotos incluidos en el anexo II.
Se establece un cupo en los cotos de:
• 13 tórtolas para los cotos incluidos en la lista número 1 del anexo II para la temporada de caza.
• 25 tórtolas ampliable hasta un máximo de 50 tórtolas a los cotos incluidos en la lista número 2 del anexo II para la temporada de caza.
Este cupo podrá ajustarse a las determinaciones del Plan de Ordenación Cinegética.
Para otras especificaciones sobre la caza de la tórtola consultar la Orden.
PALOMA TORCAZ EN MEDIA VEDA
Período, días hábiles y zonas
Del 23 de agosto al 13 de septiembre.
Días hábiles: J, S, D y FES (nacional, foral o local).
a) Cotos zona sur: únicamente al salto en la zona de codorniz y desde puesto a vuelo de paloma.
b) Cotos zona norte: únicamente al salto siempre fuera de las zonas arboladas.
ÁNADE REAL EN MEDIA VEDA
Período
Del 15 de agosto al 13 de septiembre.
Días hábiles
J, S, D y FES (nacional, foral o local).
Observaciones
En la zona sur solamente se podrá cazar durante este período en las áreas autorizadas en los Planes de Ordenación Cinegética.
CONEJO CAZA ESTIVAL
Período
Del 15 de agosto al 30 de septiembre.
Días hábiles
S, D y FES (nacional, foral o local), de forma organizada.
Observaciones
Sólo en aquellos cotos que tengan un IKA de conejo mayor de 3 en zonas concretas establecidas al efecto en los Planes de Ordenación Cinegética, y previa presentación de un muestreo.
ZORRO AL SALTO Y EN BATIDA
Períodos y días hábiles
1.- Modalidad al salto
Se podrá cazar en los mismos días y lugares que la codorniz en media veda.
Días hábiles: J, S, D y FES (nacional, foral o local).
2.- Modalidad de batida
Desde el 15 de agosto de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027.
Días hábiles: J, S, D y FES (nacional, foral o local).
Observaciones:
En estas batidas exclusivas de zorro se le deberá disparar con perdigón.
URRACA Y CORNEJA
Se autoriza la caza de urraca y corneja durante las épocas establecidas en la presente orden foral para la caza de cualquier otra especie.
CONSULTE AQUÍ LA ORDEN FORAL 195E/2026, de 23 de junio, del consejero de DesarrolloRural y Medio Ambiente por la que se aprueba la disposición general de vedas de caza para la temporada 2026-2027 que se incorpora como anexo a la presente orden foral.

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COMUNIDAD VALENCIANA / COMUNITAT VALENCIANA
MEDIA VEDA EN GENERAL EN ACOTADOS Y ZONAS DE CAZA CONTROLADA DESDE PUESTO FIJO
Período
Del 22 de agosto al 20 de septiembre.
Días hábiles
J, S, D y FES (autonómicos y nacionales).
Especies
Paloma torcaz, paloma bravía, estornino pinto, urraca y zorro.
Condiciones específicas:
Cada cazador podrá auxiliarse de hasta un máximo de dos perros para el cobro de las piezas.
TÓRTOLA COMÚN EN MEDIA VEDA EN ACOTADOS Y ZONAS DE CAZA CONTROLADA DESDE PUESTO FIJO
Días hábiles
Los días hábiles de caza serán el 22, 23, 29 y 30 de agosto, únicamente en cotos autorizados.
Cupos por cotos
La caza de esta especie se autorizará mediante la resolución expresa para determinados espacios cinegéticos con un cupo individualizado, según los criterios de selección de acotados y reparto de cupos definidos en el anexo II de la resolución.
Para otras observaciones para la caza de la tórtola común consultar la Resolución de 22 de junio de 2026.
CODORNIZ COMÚN EN MEDIA VEDA EN ACOTADOS Y ZONAS DE CAZA CONTROLADA AL SALTO O EN MANO
Período, días hábiles y cupo
Del 9 de agosto al 13 de septiembre.
Días hábiles: S, D y FES (autonómicos y nacionales).
Cupo: máximo 8 ejemplares por cazador y día.
Observaciones:
No se contempla la media veda en las zonas comunes de caza.
CONSULTE AQUÍ LA RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2026, de la Dirección General de Medio Natural y Animal, de desarrollo para la temporada 2026-2027 de la Orden 13/2022, de 5 de agosto, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, de veda por la que se fijan los periodos hábiles y normas de caza en las zonas comunes y se establecen otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza controlada en la Comunitat Valenciana.

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EXTREMADURA
CODORNIZ AL SALTO Y CETRERÍA EN MEDIA VEDA
Período
Del 15 de agosto al 8 de septiembre.
Días hábiles
Cotos privados: J, V, S, D y FES. Cotos sociales y zonas de caza controlada (solo caza con arco): J, S, D y FES.
Cupo
10 codornices por cazador y día.
PUESTO FIJO Y CETRERÍA EN MEDIA VEDA
Períodos y especies
1.- Período para estornino pinto, grajilla, urraca, ánade real y zorro: del 15 de agosto al 8 de septiembre.
2.- Período para paloma torcaz y paloma bravía: del 22 de agosto al 8 de septiembre.
Días hábiles
Cotos privados: J, V, S, D y FES. Cotos sociales y zonas de caza controlada (solo caza con arco): J, S, D y FES.
Cupo
25 palomas torcaces por cazador y día.

TÓRTOLA EUROPEA EN MEDIA VEDA
La caza de la tórtola europea en Extremadura se regula a partir de la «Resolución de 23 de marzo de 2026…».
Únicamente se podrá cazar en los cotos incluidos en el inventario de cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2026/2027, que figuran en el anexo I de la «Resolución de 22 de mayo de 2026…».
Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la temporada 2026/2027.
Puede consultar aquí la RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2026, de la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural, por la que se hace pública la relación definitiva de los cotos incluidos en el inventario de cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2026/2027.
CONSULTE AQUÍ LA RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2026-2027.

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GALICIA
CODORNIZ (Tecor de la antigua laguna de Antela)
Lugar
Tecor de la antigua laguna de Antela en los ayuntamientos que se relacionan en el anexo III de la Resolución.
Período
Del 22 de agosto al 13 de septiembre.
Días hábiles
S y D.
Modalidades
En mano y al salto, con un máximo de 15 escopetas por jornada y cuartel de caza y un máximo de 4 escopetas por cuadrilla.
Cupo
10 piezas por persona cazadora y día.
PALOMA TORCAZ (Tecor de la antigua laguna de Antela)
Lugar y condiciones
Tecores de la antigua laguna de Antela en los ayuntamientos que se relacionan en el anexo III de la resolución, en las mismas condiciones que la codorniz.
Cupo
5 ejemplares por persona cazadora y jornada.
TÓRTOLA COMÚN (Tecor de la antigua laguna de Antela)
Lugar y condiciones
Se podrá autorizar la caza de esta especie junto con la codorniz y paloma torcaz en los Tecor de la antigua laguna de Antela en los ayuntamientos que se relacionan en el anexo III de La resolución, en iguales condiciones que las reflejadas para la codorniz.
Cupo
2 ejemplares por persona cazadora y día.
Para observaciones sobre la caza de la tórtola común consultar la RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2026.
ZORRO EN BATIDA
Período
Del 3 de septiembre al 17 de octubre de 2023.
Días hábiles
J, S, D y FES.
CONSULTE AQUÍ LA RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2026/27.

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LA RIOJA
MEDIA VEDA EN GENERAL
Período
Del 15 de agosto al 6 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
Días hábiles
M, J, S, D y FES (nacionales o autonómico).
Especies
Codorniz, urraca, corneja negra, estornino pinto y zorro.
Cupo
Se fija un cupo máximo de capturas por cazador y día de 15 codornices. El resto de las especies sin cupo.
PALOMA TORCAZ Y PALOMA BRAVÍA EN MEDIA VEDA
Período
Del 20 de agosto al 6 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
Días hábiles
M, J, S, D y FES (nacionales o autonómico).CONEJO EN MEDIA VEDA
Período
Del 15 de agosto al 29 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
Días hábiles
M, J, S, D y FES (nacionales o autonómico).
Horario autorizado durante la media veda:
Del 15 de agosto al 25 de agosto entre las 7:00 y las 13:00 horas y entre las 17:00 y las 21:30 horas.
Desde el 26 de agosto al 6 de septiembre entre las 7.30 y las 13:00 horas y entre las 17:00 y las 21:00 horas.
Del 7 de septiembre al 29 de septiembre entre las 8:00 y las 13:00 horas y entre las 17:00 y las 20:00 horas.
Observaciones:
Dentro de los terrenos cinegéticos cuyo Plan Técnico contemple la modalidad de caza en media veda, esta podrá practicarse en las zonas determinadas por dicho Plan.
Se prohíbe la caza en el interior de aquellas fincas donde todavía no se encuentren recogidas las cosechas, estando obligado el cazador a indemnizar los daños que causare con motivo del ejercicio de la caza.
CONSULTE AQUÍ LA Orden AGM/33/2026, de 1 de julio, por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2026-2027.

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PAÍS VASCO / EUSKADI
Álava / Araba
MEDIA VEDA
Períodos y especies
1.- Período general: desde el 15 de agosto y el 15 de septiembre, ambos inclusive.
Especies cazables en el período general: codorniz común, conejo, corneja negra, estornino pinto, urraca y zorro.
2.- Paloma torcaz: desde el 20 de agosto al 30 de septiembre.
Días hábiles para ambos períodos
J, S, D y FES.
Horario
El tiempo durante el cual se podrá desarrollar la caza será desde el orto hasta el ocaso.
CONSULTE AQUÍ LA Orden Foral 225/2026, de 17 de julio. Establecer la normativa reguladora específica para el ejercicio de la caza en el Territorio Histórico de Álava durante la temporada 2026-2027.

Guipúzcoa / Gipuzkoa
MEDIA VEDA
Período y días hábiles
Desde el 1 de septiembre hasta el 11 de octubre, ambos inclusive, todos los días.
Especies
Codorniz, paloma zurita, paloma torcaz y paloma bravía.
Horario
Desde el orto hasta el ocaso.
Observaciones:
En las líneas de paso tradicional que se sorteen en este período se aplicará la Orden Foral de 16 de julio de 2013, por la que se regula la caza de aves migratorias en pasos tradicionales del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
CONSULTE AQUÍ LA Orden Foral 0582/2026 de 3 de julio de 2026, por la que se fijan los periodos hábiles y condiciones generales de caza en el Territorio Histórico de Gipuzkoa para la campaña 2026/2027.
Vizcaya / Bizkaia
MEDIA VEDA
Período y días hábiles
Del 23 de agosto al 20 de septiembre, ambos inclusive, pudiéndose cazar todos los días de la semana durante dicho periodo.
Especies cazables
Codorniz, paloma torcaz, paloma bravía, urraca y corneja negra.
Horario
Desde el orto hasta el ocaso, sin perjuicio del horario que se establezca en las zonas de caza controlada y cotos de caza.
Cupo
4 codornices por cazador y día, 4 palomas torcaces por cazador y día y 4 palomas bravías por cazador y día. Urraca y corneja negra sin cupo.
Observaciones:
De acuerdo con el artículo 91, las personas aficionadas que cacen en la media veda en terrenos cinegéticos de aprovechamiento común deberán remitir a la Sección de Caza y Pesca Continental, antes del 10 de octubre de 2025, el parte de capturas (Anexo I), debidamente cumplimentado.
En las zonas de caza controlada y en los cotos de caza el periodo hábil se establecerá en el plan de seguimiento cinegético.
CONSULTE AQUÍ LA ORDEN FORAL 4194/2026, de 1 de julio, de la diputada foral de Medio Natural y Agricultura, por la que se regula la práctica de la caza en el Territorio Histórico de Bizkaia durante la temporada cinegética 2026/2027.

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PRINCIPADO DE ASTURIAS / PRINCIPÁU D’ASTURIES
MEDIA VEDA
Períodos y especies
1.- Período general: del 21 de agosto al 7 de septiembre, exclusivamente en aquellos cotos que la soliciten.
Especies cazables en el período general: zorro, paloma torcaz, gaviota patiamarilla, estornino pinto, urraca, corneja y codorniz.
2.- Paloma bravía: del 1 al 7 de septiembre, exclusivamente en aquellos cotos que la soliciten.
Días hábiles para ambos períodos
J, D y FES (nacionales, regionales o locales).
Horario
Desde el orto hasta el ocaso.
Cupos
Caza menor al salto (por cazador y día) y caza menor en mano (por cuadrilla y día): 25 estorninos pintos, 50 urracas o cornejas, 10 de otras especies.
CONSULTE AQUÍ LA Resolución de 9 de marzo de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la disposición general de vedas para la temporada 2026-2027 en el territorio del Principado de Asturias.

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REGIÓN DE MURCIA
MEDIA VEDA
CODORNIZ COMÚN EN MEDIA VEDA
Se podrá cazar al salto el cuarto domingo de agosto (día 23).
Cupo: 2 piezas a cobrar por cazador.
PALOMA TORCAZ, PALOMA BRAVÍA, URRACA Y GAVIOTA PATIAMARILLA (excepto zona vedada) EN MEDIA VEDA
Se podrán cazar en puestos o aguardos fijos: del 20 de agosto al 11 de octubre, ambos inclusive.
Días hábiles en puestos o aguardos fijos: J, S, D y FES.
TÓRTOLA EUROPEA EN MEDIA VEDA
Se podrá cazar el último domingo de agosto (día 30) en los cotos que cumplan la Resolución a tal efecto.
Consulte aquí la Resolución de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática, por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Murcia, y se abre el plazo de solicitud de adhesión a los mismos.
Observaciones
Para la regulación complementaria en media veda, consultar la Orden sobre los períodos hábiles de caza para la temporada 2026-2027 en la Región de Murcia.
CONSULTE AQUÍ LA Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, sobre periodos hábiles de caza para la temporada 2026/2027 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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