Una miaja de humor, por Manuel Arriaga
Y… la GILISANDEZ del mes
«Será castigado con la pena de seis meses a dos años y seis meses de prisión e inhabilitación especial de dos a seis años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que sin estar amparado por la Ley y por cualquier medio o procedimiento, maltrate a un animal vertebrado causándole una lesión que menoscabe gravemente su salud o le someta a abuso sexual. Asimismo, el juez le podrá imponer el decomiso del animal víctima de maltrato».
Proposición de ley para acabar con la caza de Podemos