Perros

Documentación oficial canina

 

Con la entrada en vigor de la obligatoriedad de identificar a todas nuestras mascotas con el microchip, no sólo debemos tener documentación que identifique de forma fehaciente la tenencia de nuestra mascota, sino que, además, se cumplen las distintas normativas sanitarias de su tenencia, las vacunas y las desparasitaciones, si bien esta obligación sanitaria es variada según cada comunidad.

 

El principal documento oficial de nuestro compañero es la tarjeta o cartilla veterinaria, documento que debe albergar los datos de nuestra mascota y los de su propietario. Desde octubre de 2004 existe otro documento oficial válido en todos los países de la Comunidad Económica Europea: el pasaporte europeo veterinario.

 

Tanto la cartilla como el pasaporte deben acompañarnos en cualquier desplazamiento que realicemos con nuestra mascota y, por supuesto, en cada jornada cinegética. Debe estar al día de los programas oficiales de vacunación (rabia) y del programa de desparasitación. Es fundamental que en este documento figure de forma clara el número de microchip de nuestra mascota, y cualquier dato inscrito en estos documentos debe ir firmado y sellado por un veterinario colegiado, debiéndose identificar de forma clara, en la página correspondiente, los datos del veterinario emisor de dichos documentos.

 

Junto con estos documentos oficiales, debemos incluir el recibo actualizado de la cobertura de responsabilidad civil de nuestro perro. Según las distintas comunidades autónomas, la cobertura civil de la tenencia de nuestro perro puede estar inscrita en la póliza multirriesgo hogar de nuestra casa, si bien debemos disponer de la documentación correspondiente que amplíe su cobertura en el ejercicio de la caza, pues, en muchos casos, la acción de caza no está cubierta en dicha póliza de hogar. La Comunidad de Madrid y el País Vasco disponen en sus normativas la obligatoriedad de una cobertura de responsabilidad civil de cada perro, independientemente del tipo de raza y de su consideración o no como razas potencialmente peligrosas.

 

La recomendación es disponer de pólizas específicas de cobertura de responsabilidad civil para nuestros perros cazadores, para cubrir los posibles daños que en el ejercicio en la caza pudieran generar. Para aquéllos que piensen que un perro de caza puede generar escasos daños, indicaremos que el año pasado los perros cazadores ocasionaron más de cien accidentes de tráfico, con daños que alcanzaron, en algún caso, establecimientos indemnizatorios superiores a los 60.000 euros. La cobertura de accidentes para los casos de los que son víctimas nuestros perros es más que interesante, para nuestra tranquilidad y nuestro bienestar, incluido el económico.

 

Para finalizar, recordar la documentación para nuestros compañeros de caza: cartilla veterinaria o pasaporte al día y al corriente de las obligaciones sanitarias, y el recibo del seguro al corriente de pago. Con ellos, a disfrutar de la caza. CyS

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