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Aprobada la ley de caza de Castilla y León: estas son las novedades

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Aprobada la ley de caza de Castilla y León: estas son las novedades

Castilla y León ha aprobado su nueva ‘Ley de caza y de gestión sostenible de los recursos cinegéticos ‘, con 79 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones de Unidas Podemos en las Cortes.

Novedades

La nueva norma incorpora importantes novedades en relación con la planificación cinegética, «para garantizar al máximo que la caza se practique en Castilla y León de forma ordenada, controlada y sostenible», según han señalado desde la Junta.

  • Elaboración de una Estrategia de la Caza de Castilla y León, de planes territoriales de recursos cinegéticos y de planes de gestión de especies cinegéticas, para aquellos territorios y especies que requieran de una consideración especial.
  • Los planes cinegéticos de los cotos de caza deberán ser elaborados por técnicos especializados y basarse en censos rigurosos realizados con una metodología avalada técnicamente.

Especies cinegéticas en la nueva ley de caza de Castilla y León

  • Regulación de especies cinegéticas, que son las únicas que pueden ser objeto de caza, declarándose como tales las enumeradas en el anexo I de la ley.
  • Se habilitan mecanismos de rango reglamentario para declarar otras especies como cinegéticas. Se limita a la administración para considerar cinegética una nueva especie, pero la habilita para excluirla de forma rápida.
  • Regulación de la posibilidad de que una especie cinegética sea declarada “de atención preferente”, por lo que será objeto de planes de gestión específicos.
  • Destaca la importancia del seguimiento poblacional de las especies cinegéticas, como herramienta imprescindible para garantizar que la práctica de la caza no pone en peligro el estado de conservación de las mismas.
  • Implantación de un “Sistema de Seguimiento de las Poblaciones Cinegéticas”, que utilizará todas las fuentes de información disponibles, y un novedoso y riguroso sistema de control de las capturas realizadas por los cazadores.

Cotos colaboradores

  • Creación de las figuras de los cotos colaboradores, que deberán contar con asesoramiento técnico permanente que asegure la obtención de información de calidad, y del cazador colaborador.
  • Unifica en 250 hectáreas la superficie mínima necesaria para su constitución; además se simplifican los trámites y se hace obligatoria la tramitación telemática.
  • Desaparecen las zonas de caza controlada y los cotos regionales.
  • En las reservas regionales de caza, se habilita la posibilidad de segregación de sus terrenos a petición de los propietarios.
  • Se mejora el funcionamiento y el control del fondo de gestión de las reservas mediante la creación de una comisión del fondo de gestión para cada reserva.
  • Eliminación de la figura del Refugio de Fauna.
  • Establece los períodos hábiles máximos en los que se podrá practicar la caza, cumpliendo los requisitos establecidos en la normativa comunitaria y estatal, que podrán restringirse si las circunstancias así lo aconsejan en vía reglamentaria, pero no ampliarse por la Administración, manteniéndose la tónica de la habilitación reglamentaria sólo para incrementar la protección.
  • Se establece una pormenorizada serie de limitaciones y prohibiciones con el fin de proteger la conservación de las especies, su pureza genética y los hábitats en los que habitan.
  • Establece nuevos instrumentos para permitir un adecuado control poblacional de las especies cinegéticas con el fin de evitar riesgos importantes sobre la salud, la seguridad de las personas y los daños a la agricultura, destacando el establecimiento de la figura de Emergencia Cinegética.

Publicación de fechas de monterías y ganchos

El Proyecto de Ley establece la obligación de hacer pública con suficiente antelación la celebración de monterías y ganchos, a través de una plataforma pública.

Una cuestión ampliamente demandada por los practicantes de actividades de uso público en la naturaleza, como el senderismo y el ciclismo de montaña, incrementando así los márgenes de compatibilidad de actividades y de seguridad en el uso público de nuestros montes y espacios naturales.

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